B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250623-19)
Convocatoria préstamos y anticipos –  Resolución de 10 de junio de 2025, del Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de préstamos y el procedimiento de concesión de anticipos, destinados a los funcionarios de Cuerpos docentes no universitarios al servicio de la Comunidad de Madrid, para el año 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 96

LUNES 23 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 148

Los funcionarios de Cuerpos docentes que se encuentren desempeñando alguno de los
puestos de la relación de puestos de trabajo de la Administración educativa no podrán solicitar estos préstamos.
2. Justificar la necesidad de hacer frente a gastos económicos de naturaleza extraordinaria desde 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de agosto de 2025.
3. No tener pendiente de devolución un préstamo anterior concedido por la Comunidad de Madrid.
4. No estar sujeto a retención judicial de parte de su nómina.
5. No estar incurso en un procedimiento de reintegro de cantidades satisfechas indebidamente en nómina.
Cuarto
Cuantía máxima del préstamo
1. Con carácter general, la cantidad a conceder no podrá superar los 3.500 euros.
2. En el caso de la adquisición de vehículo por los funcionarios que ocupen puestos
catalogados como singulares itinerantes, la cuantía máxima se elevará a 4.400 euros.
3. En ningún caso podrá concederse más de un préstamo a un mismo solicitante.
Quinto
Orden de prelación para la concesión
En la asignación de los préstamos, se seguirá el siguiente orden de prelación:
1. Gastos derivados de la adquisición de vehículo y/o suscripción de pólizas de seguros de vehículos por parte del profesorado ocupante de puestos catalogados como singulares itinerantes.
2. Gastos derivados de obligaciones de ineludible cumplimiento, gastos extraordinarios de enfermedad de los miembros de la unidad familiar, gastos producidos o relacionados con la Administración de Justicia.
3. Gastos derivados de la educación de los miembros de la unidad familiar, gastos
derivados de la adquisición o reparación de la vivienda habitual, gastos producidos por la
adquisición de enseres para la vivienda.
4. Otros gastos económicos de naturaleza extraordinaria, debidamente justificados y
apreciados libremente por la Dirección General de Recursos Humanos.
Su concesión estará supeditada a la valoración de cada caso, realizada por la Dirección
General de Recursos Humanos, en base a la documentación justificativa que presente.
Sexto
1. Todos aquellos interesados que, cumpliendo con los requisitos establecidos en los
apartados anteriores, deseen participar en la presente convocatoria, deberán presentar una
única solicitud.
2. Las solicitudes de participación se cumplimentarán exclusivamente por medios electrónicos, a través de la aplicación informática que se encuentra disponible en del portal de la Comunidad de Madrid, en https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/prestamosanticipos-docentes-2025 . También se podrá acceder a la solicitud, con carácter
meramente informativo y sin efectos administrativos, en el portal “personal +educación”
( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ) siguiendo la
secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Acción Social”, “Ayudas”, “Préstamos y anticipos”.
3. No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través
de la aplicación informática puesta a disposición en la ruta especificada en este apartado.
4. Los interesados podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste
las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. La
representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.
5. Las solicitudes vincularán a los participantes en los términos en ellas expresados.

BOCM-20250623-19

Solicitudes