D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250623-35)
Convenio – Convenio de 2 de junio de 2025, entre la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid y la Fundación para el Conocimiento MADRI+D para el fomento del emprendimiento digital
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 148
LUNES 23 DE JUNIO DE 2025
Pág. 187
e) Realizar las actividades de gestión necesarias para la consecución de las actividades planificadas cuantificadas en el anexo I.
f) Realizar la aportación económica que se recoge en la cláusula tercera.
3. Con carácter específico, ambas partes se comprometen a ejecutar las actividades
recogidas en el anexo I del presente convenio.
Tercera
Obligaciones económicas de las partes
El presente convenio tiene una dotación económica total de 913.200,00 euros, que se
ejecutará desde su firma hasta el 30 de noviembre de 2025, y será financiado conforme a
los cuadros de distribución de costes recogidos en el anexo I del presente convenio.
Las aportaciones económicas de ambas partes no podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución de este convenio.
La Consejería de Digitalización participará con una aportación económica de “Cuatrocientos noventa y seis mil seiscientos euros” (496.600,00 euros) y la Fundación MADRI+D
participará con una aportación de “Cuatrocientos dieciséis mil seiscientos euros
(416.600,00 euros) en el coste de los compromisos comprendidos en el presente convenio.
La aportación de la Consejería de Digitalización se realizará con cargo a la partida 22809 "Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 928M del Presupuesto de
Gastos de la Comunidad de Madrid.
Al pertenecer la Fundación MADRI+D al sector público institucional de la Comunidad de Madrid en aplicación del artículo 21.3 de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Consejería de Digitalización aportará de manera anticipada, hasta
el límite máximo del 10 por 100 de la cantidad total a percibir, es decir “Cuarenta y nueve
mil seiscientos sesenta euros” (49.660,00 euros), a la firma del convenio.
La aportación de la Comunidad de Madrid se realizará a través de las oportunas transferencias bancarias a la cuenta que señale la Fundación MADRI+D, previa presentación por
la Fundación de memoria de actividades realizadas.
Se realizarán cuatro pagos mediante el ingreso por transferencia en la cuenta bancaria
que a tal efecto comunique la Fundación MADRI+D, el primero tras la firma del presente
Convenio por el importe del anticipo, los siguientes pagos se realizarán una vez se haya justificado por parte de la Fundación MADRI+D el importe del anticipo, a los tres y seis meses desde el inicio del Convenio y el último a la finalización del convenio, con cargo al Programa presupuestario 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
correspondiente al ejercicio 2025.
Cuarta
Justificación de los gastos
La Fundación MADRI+D justificará los gastos derivados de la ejecución del presente
convenio con la documentación que para cada actividad se detalla en el Anexo I, en cuanto a los gastos de gestión se estará a lo recogido en la Cláusula Quinta.
Así mismo, será necesario una certificación de la Dirección General de Estrategia Digital aseverando el cumplimiento del contenido del convenio.
En el caso de que los gastos justificados no alcancen el total de lo previsto en el
Anexo I, las aportaciones de ambas partes se reducirán en la misma proporción de como
aparecen en dicho Anexo cada una de las actuaciones.
Quinta
En ningún caso, las actuaciones contempladas en el presente convenio implicarán aumento de costes en materia de personal más allá de los inicialmente presupuestados, bien
sea por aumento de efectivos o de las retribuciones de los ya existentes.
Se valora el trabajo del personal de la Fundación MADRI+D implicado en la ejecución de este Convenio, en todo caso con respecto a lo estipulado en el párrafo anterior, por
lo que los costes son los establecidos en el cuadro que figura en el Anexo I y no podrán aumentarse los mismos.
Dicho personal será propio de la Fundación MADRI+D, en número de 2 empleados y
con categorías de titulado superior y administrativo. Desempeñarán estas labores destinan-
BOCM-20250623-35
Personal sujeto al convenio
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 148
LUNES 23 DE JUNIO DE 2025
Pág. 187
e) Realizar las actividades de gestión necesarias para la consecución de las actividades planificadas cuantificadas en el anexo I.
f) Realizar la aportación económica que se recoge en la cláusula tercera.
3. Con carácter específico, ambas partes se comprometen a ejecutar las actividades
recogidas en el anexo I del presente convenio.
Tercera
Obligaciones económicas de las partes
El presente convenio tiene una dotación económica total de 913.200,00 euros, que se
ejecutará desde su firma hasta el 30 de noviembre de 2025, y será financiado conforme a
los cuadros de distribución de costes recogidos en el anexo I del presente convenio.
Las aportaciones económicas de ambas partes no podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución de este convenio.
La Consejería de Digitalización participará con una aportación económica de “Cuatrocientos noventa y seis mil seiscientos euros” (496.600,00 euros) y la Fundación MADRI+D
participará con una aportación de “Cuatrocientos dieciséis mil seiscientos euros
(416.600,00 euros) en el coste de los compromisos comprendidos en el presente convenio.
La aportación de la Consejería de Digitalización se realizará con cargo a la partida 22809 "Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 928M del Presupuesto de
Gastos de la Comunidad de Madrid.
Al pertenecer la Fundación MADRI+D al sector público institucional de la Comunidad de Madrid en aplicación del artículo 21.3 de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Consejería de Digitalización aportará de manera anticipada, hasta
el límite máximo del 10 por 100 de la cantidad total a percibir, es decir “Cuarenta y nueve
mil seiscientos sesenta euros” (49.660,00 euros), a la firma del convenio.
La aportación de la Comunidad de Madrid se realizará a través de las oportunas transferencias bancarias a la cuenta que señale la Fundación MADRI+D, previa presentación por
la Fundación de memoria de actividades realizadas.
Se realizarán cuatro pagos mediante el ingreso por transferencia en la cuenta bancaria
que a tal efecto comunique la Fundación MADRI+D, el primero tras la firma del presente
Convenio por el importe del anticipo, los siguientes pagos se realizarán una vez se haya justificado por parte de la Fundación MADRI+D el importe del anticipo, a los tres y seis meses desde el inicio del Convenio y el último a la finalización del convenio, con cargo al Programa presupuestario 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
correspondiente al ejercicio 2025.
Cuarta
Justificación de los gastos
La Fundación MADRI+D justificará los gastos derivados de la ejecución del presente
convenio con la documentación que para cada actividad se detalla en el Anexo I, en cuanto a los gastos de gestión se estará a lo recogido en la Cláusula Quinta.
Así mismo, será necesario una certificación de la Dirección General de Estrategia Digital aseverando el cumplimiento del contenido del convenio.
En el caso de que los gastos justificados no alcancen el total de lo previsto en el
Anexo I, las aportaciones de ambas partes se reducirán en la misma proporción de como
aparecen en dicho Anexo cada una de las actuaciones.
Quinta
En ningún caso, las actuaciones contempladas en el presente convenio implicarán aumento de costes en materia de personal más allá de los inicialmente presupuestados, bien
sea por aumento de efectivos o de las retribuciones de los ya existentes.
Se valora el trabajo del personal de la Fundación MADRI+D implicado en la ejecución de este Convenio, en todo caso con respecto a lo estipulado en el párrafo anterior, por
lo que los costes son los establecidos en el cuadro que figura en el Anexo I y no podrán aumentarse los mismos.
Dicho personal será propio de la Fundación MADRI+D, en número de 2 empleados y
con categorías de titulado superior y administrativo. Desempeñarán estas labores destinan-
BOCM-20250623-35
Personal sujeto al convenio