B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250620-3)
Relación puestos de trabajo – Resolución de 6 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas de los Partidos Judiciales donde se constituirán los Tribunales de Instancia del ámbito de competencias de la Comunidad de Madrid el 1 de julio de 2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 46
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 146
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
Procesos de acoplamiento
Los procesos de acoplamiento se realizarán de acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, conforme a la redacción dada por
el artículo segundo de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la
Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial,
por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
Régimen transitorio de destinos
En tanto no finalice el proceso de acoplamiento y el personal funcionario afectado no
quede adscrito a los nuevos puestos de trabajo previstos en estas relaciones de puestos de
trabajo continuará prestando servicios en sus actuales destinos, percibiendo las retribuciones que les correspondan.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Entrada en vigor y efectividad
La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y surtirá efectos a partir de la puesta en funcionamiento de la Oficina judicial, en coincidencia con las Oficinas de Asistencia a las Víctimas, en los partidos judiciales en los que está prevista la constitución de los Tribunales de
Instancia el 1 de julio de 2025.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Recursos
BOCM-20250620-3
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso de alzada contra esta resolución, que no pone fin a la vía
administrativa, ante la Viceconsejería de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente al de su publicación.
En Madrid, a 6 de junio de 2025.—La Directora General de Recursos Humanos y
Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 46
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 146
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
Procesos de acoplamiento
Los procesos de acoplamiento se realizarán de acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de
la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, conforme a la redacción dada por
el artículo segundo de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la
Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial,
por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA
Régimen transitorio de destinos
En tanto no finalice el proceso de acoplamiento y el personal funcionario afectado no
quede adscrito a los nuevos puestos de trabajo previstos en estas relaciones de puestos de
trabajo continuará prestando servicios en sus actuales destinos, percibiendo las retribuciones que les correspondan.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Entrada en vigor y efectividad
La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y surtirá efectos a partir de la puesta en funcionamiento de la Oficina judicial, en coincidencia con las Oficinas de Asistencia a las Víctimas, en los partidos judiciales en los que está prevista la constitución de los Tribunales de
Instancia el 1 de julio de 2025.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Recursos
BOCM-20250620-3
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso de alzada contra esta resolución, que no pone fin a la vía
administrativa, ante la Viceconsejería de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente al de su publicación.
En Madrid, a 6 de junio de 2025.—La Directora General de Recursos Humanos y
Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.