Pinto (BOCM-20250620-75)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 312
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 146
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
PINTO
Aprobación de la modificación del plazo de convocatoria de subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial
para vivienda previstas en el Programa 1 de Ayuda a las Actuaciones de Rehabilitación a
Nivel de Barrio-Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU,
en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) fase I, en el municipio de Pinto.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pinto, en sesión ordinaria celebrada
el día 4 de junio de 2025, aprobó la modificación del plazo de convocatoria de subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante
residencial para vivienda previstas en el Programa 1 de Ayuda a las Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Barrio-Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en el Marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) fase I,
en el municipio de Pinto.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y a lo acordado en la Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento de Pinto, en su sesión del día 4 de junio de 2025, se procede a comunicar a
la Base de Datos Nacional de Subvenciones para su publicación, cuyos códigos son:
817423, 819894 y 819911, la modificación de la convocatoria, el certificado del acuerdo y
la información requerida por la Base de Datos para su publicación e, inmediatamente después, publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la modificación de
las convocatorias, que quedan redactadas de la siguiente forma:
Donde dice:
“13. Plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de tres meses a partir del día siguiente
al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la resolución de ampliación
correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido
será inadmitida a trámite”.
Debe decir:
“13. Plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se podrán presentar hasta el 15 de septiembre de 2025 incluido, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la resolución de ampliación correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite”.
El resto del texto de la convocatoria permanecerá invariable.
En Pinto, a 10 de junio de 2025.—La concejala-delegada de Vivienda y Servicios a la
Ciudad, María Jesús Pérez Campo.
(03/9.637/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250620-75
RÉGIMEN ECONÓMICO
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VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 146
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
PINTO
Aprobación de la modificación del plazo de convocatoria de subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial
para vivienda previstas en el Programa 1 de Ayuda a las Actuaciones de Rehabilitación a
Nivel de Barrio-Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU,
en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) fase I, en el municipio de Pinto.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pinto, en sesión ordinaria celebrada
el día 4 de junio de 2025, aprobó la modificación del plazo de convocatoria de subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante
residencial para vivienda previstas en el Programa 1 de Ayuda a las Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Barrio-Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en el Marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) fase I,
en el municipio de Pinto.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y a lo acordado en la Junta de Gobierno Local del
Ayuntamiento de Pinto, en su sesión del día 4 de junio de 2025, se procede a comunicar a
la Base de Datos Nacional de Subvenciones para su publicación, cuyos códigos son:
817423, 819894 y 819911, la modificación de la convocatoria, el certificado del acuerdo y
la información requerida por la Base de Datos para su publicación e, inmediatamente después, publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la modificación de
las convocatorias, que quedan redactadas de la siguiente forma:
Donde dice:
“13. Plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de tres meses a partir del día siguiente
al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la resolución de ampliación
correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido
será inadmitida a trámite”.
Debe decir:
“13. Plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se podrán presentar hasta el 15 de septiembre de 2025 incluido, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la resolución de ampliación correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite”.
El resto del texto de la convocatoria permanecerá invariable.
En Pinto, a 10 de junio de 2025.—La concejala-delegada de Vivienda y Servicios a la
Ciudad, María Jesús Pérez Campo.
(03/9.637/25)
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ISSN 1989-4791
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