C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250620-25)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 143/2025, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 102/2024, de 12 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, para el año 2024; y se aprueba su convocatoria para 2025
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 202

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 146

Cuarto
Cuantía
El presupuesto asignado a esta convocatoria asciende a 3.000.000,00 euros, con cargo
a la partida 48099 “Otras instituciones sin fines de lucro” del Programa 928M “Estrategia
Digital” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid con el límite de la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender a los compromisos derivados de la presente convocatoria.
3. Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, se podrán incrementar los importes de esta convocatoria. Cuando se den las circunstancias previstas en el artículo 58.2.a) 4.o del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se podrá aplicar a la concesión de subvenciones una cuantía adicional, sin necesidad de una nueva convocatoria.
La cuantía individualizada de la subvención se obtendrá multiplicando cada persona
formada, según se establezca en el objetivo CID 288, por una cuantía de 108,30 euros.
La cuantía máxima que podrá solicitar cada entidad solicitante por proyecto de formación asciende a 324.900 euros, correspondiente a la formación de 3.000 alumnos.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará desde el día siguiente de la publicación de las bases y convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en forma
de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, quedando abierto de
forma continuada, hasta el agotamiento del crédito disponible, o en caso de que esto no ocurra, hasta el 31 de diciembre de 2025.
Madrid, a 11 de junio de 2025.
El Consejero de Digitalización,
MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO

BOCM-20250620-25

(03/9.690/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791