C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250614-1)
Convenio colectivo – Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Plus Ultra Líneas Aéreas, S. A. (Código número 28104060012025)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 141
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
Pág. 23
28 de octubre al 1 de noviembre
2 al 6 de noviembre
7 al 11 de noviembre
12 al 16 de noviembre
17 al 21 de noviembre
22 al 26 de noviembre
27 de noviembre al 1 de diciembre
2 al 6 de diciembre
7 al 11 de diciembre
12 al 16 de diciembre
17 al 21 de diciembre
22 al 26 de diciembre
27 al 31 de diciembre
19.4.2 Sistema de puntos
La concesión de las vacaciones voluntarias se regirá por un sistema de puntos comenzando por el
tripulante de menor puntuación dentro de la misma categoría (CPT, SFO, FO). A igual número de
puntos tendrá prioridad el tripulante más alto en el escalafón.
La asignación de cupos forzosos se realizará con el mismo criterio, pero con el orden inverso.
Valorando los meses del año a fin de conseguir una rotación justa en el disfrute de vacaciones, se
establece un sistema de asignación de puntos como sigue:
TABLA PUNTUACIÓN POR PERÍODO
VACACIONAL
PERÍODO
POR CADA DÍA
1
GENERAL
2
JUNIO
0 PUNTOS
1 PUNTO
3
JULIO
2 PUNTOS
4
AGOSTO
2 PUNTOS
5
SEPTIEMBRE
1 PUNTO
NAVIDAD 1
24 DIC – 25 DIC
2 PUNTOS (10 puntos el bloque)
NAVIDAD 2
31 DIC – 1 ENE
2 PUNTOS (10 puntos el bloque)
NAVIDAD 3
6 ENE
1 PUNTO (5 puntos el bloque)
SEMANA SANTA
Comprende de domingo a domingo
2 PUNTOS (10 puntos el bloque)
Nota: Los bloques siguen teniendo que cumplir la regla de los 5 días y cada día recibirá los puntos
que le correspondan individualmente según la tabla anterior.
Los tripulantes de nuevo ingreso en un rol concreto (CPT, SFO, FO), tanto promocionados como de
nueva contratación, y los que se reincorporen de excedencia, adquirirán como puntuación inicial la
puntuación total del tripulante del grupo que acumule más puntos en la fecha de su incorporación,
más un punto.
Las asignaciones de vacaciones forzosas se publicarán junto con la asignación de las confirmadas en
turno voluntario.
Las vacaciones forzosas no afectan ni negativa ni positivamente a los puntos del tripulante.
19.4.3 Publicación de puntos y cupos
La empresa ofertará los cupos de vacaciones semestrales publicándolos con anterioridad suficiente
a las fechas límite de solicitud de las mismas. Plus Ultra publicará la concesión de las vacaciones en las
fechas establecidas anteriormente para cada semestre y los puntos acumulados de cada tripulante
de vuelo junto con la publicación de la asignación del segundo semestre.
Durante el primer año del convenio ambas partes se comprometen a revisar conjuntamente el buen
funcionamiento de este sistema y a modificarlo en caso de ser necesario. La empresa se compromete a
tratar de acomodar las peticiones especiales de vacaciones que no entren en estos criterios sin perjudicar
el mejor derecho de terceros.
BOCM-20250614-1
19.5 Revisión del procedimiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 141
SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
Pág. 23
28 de octubre al 1 de noviembre
2 al 6 de noviembre
7 al 11 de noviembre
12 al 16 de noviembre
17 al 21 de noviembre
22 al 26 de noviembre
27 de noviembre al 1 de diciembre
2 al 6 de diciembre
7 al 11 de diciembre
12 al 16 de diciembre
17 al 21 de diciembre
22 al 26 de diciembre
27 al 31 de diciembre
19.4.2 Sistema de puntos
La concesión de las vacaciones voluntarias se regirá por un sistema de puntos comenzando por el
tripulante de menor puntuación dentro de la misma categoría (CPT, SFO, FO). A igual número de
puntos tendrá prioridad el tripulante más alto en el escalafón.
La asignación de cupos forzosos se realizará con el mismo criterio, pero con el orden inverso.
Valorando los meses del año a fin de conseguir una rotación justa en el disfrute de vacaciones, se
establece un sistema de asignación de puntos como sigue:
TABLA PUNTUACIÓN POR PERÍODO
VACACIONAL
PERÍODO
POR CADA DÍA
1
GENERAL
2
JUNIO
0 PUNTOS
1 PUNTO
3
JULIO
2 PUNTOS
4
AGOSTO
2 PUNTOS
5
SEPTIEMBRE
1 PUNTO
NAVIDAD 1
24 DIC – 25 DIC
2 PUNTOS (10 puntos el bloque)
NAVIDAD 2
31 DIC – 1 ENE
2 PUNTOS (10 puntos el bloque)
NAVIDAD 3
6 ENE
1 PUNTO (5 puntos el bloque)
SEMANA SANTA
Comprende de domingo a domingo
2 PUNTOS (10 puntos el bloque)
Nota: Los bloques siguen teniendo que cumplir la regla de los 5 días y cada día recibirá los puntos
que le correspondan individualmente según la tabla anterior.
Los tripulantes de nuevo ingreso en un rol concreto (CPT, SFO, FO), tanto promocionados como de
nueva contratación, y los que se reincorporen de excedencia, adquirirán como puntuación inicial la
puntuación total del tripulante del grupo que acumule más puntos en la fecha de su incorporación,
más un punto.
Las asignaciones de vacaciones forzosas se publicarán junto con la asignación de las confirmadas en
turno voluntario.
Las vacaciones forzosas no afectan ni negativa ni positivamente a los puntos del tripulante.
19.4.3 Publicación de puntos y cupos
La empresa ofertará los cupos de vacaciones semestrales publicándolos con anterioridad suficiente
a las fechas límite de solicitud de las mismas. Plus Ultra publicará la concesión de las vacaciones en las
fechas establecidas anteriormente para cada semestre y los puntos acumulados de cada tripulante
de vuelo junto con la publicación de la asignación del segundo semestre.
Durante el primer año del convenio ambas partes se comprometen a revisar conjuntamente el buen
funcionamiento de este sistema y a modificarlo en caso de ser necesario. La empresa se compromete a
tratar de acomodar las peticiones especiales de vacaciones que no entren en estos criterios sin perjudicar
el mejor derecho de terceros.
BOCM-20250614-1
19.5 Revisión del procedimiento.