Madrid número 18 (BOCM-20250606-89)
Procedimiento 774/2024
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BOCM
Pág. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
89
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 774/2024
por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA N.o 459/24
En Madrid a 16 de octubre de 2024, el Iltmo. Sr. Don Ángel José Lera Carrasco, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción 18 de esta Ciudad, habiendo visto el procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 774/2024, sobre el presunto delito leve de lesiones, con la intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, y
como implicados de Eliana Cristina Amarilla y Graciela Ferreira Saldivar, Abdelmahib
Karb y Pahola Beatriz González.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.—Las presentes actuaciones se iniciaron en virtud de atestado y previos los
trámites legales, se dictó providencia señalando día y hora para la celebración del juicio correspondiente, citándose al Ministerio Fiscal y a las demás partes intervinientes para el día
fijado, llegado el cual, se celebró con el resultado que consta en autos.
Segundo.—El Ministerio Fiscal, en trámite de conclusiones, informó en el sentido de solicitar la condena de Pahola Beatriz González, como autora de 2 delitos leves de lesiones del
artículo 147,2 del Código Penal, a la pena, por cada una de ellas, de un mes de multa, con una
cuota diaria de 4 euros, y que indemnizase a Graciala Ferreira Saldivar en la suma de 200 euros,
y a Eliana Cristina Amarilla en la suma de 100 euros, y la absolución de Abdelmahib Karb, a
lo que Graciela Ferrera Saldivar, Eliana Cristina Amarilla y Abdelmahib Karb se adhirieron.
Pahola Beatriz González solicitó su absolución.
Tercero.—En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Que debo condenar y condeno a Pahola Beatriz González, como autora de dos delitos
leves de lesiones, a la pena, por cada uno de ellos, de un mes de multa, con una cuota diaria de 2 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, a que indemnice a Eliana Cristina Amarilla
en el importe de 74,14 euros, y a Graciela Ferreiro Saldivar en el importe de 148,28 euros,
y al pago de dos cuartas partes de las costas de este procedimiento.
Y que debo absolver y absuelvo a Abdelmahib Karb de dos delitos leves de lesiones,
declarando de oficio dos cuartas partes de las costas de este procedimiento.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de
Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguido de dictarse por
el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día
de la fecha, de todo lo cual doy fe.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. GRACIELA FERREIRA SALDIVAR expido y firmo la presente.
En Madrid, a 21 de mayo de 2025.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/8.145/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250606-89
FALLO
Pág. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
89
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 774/2024
por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA N.o 459/24
En Madrid a 16 de octubre de 2024, el Iltmo. Sr. Don Ángel José Lera Carrasco, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción 18 de esta Ciudad, habiendo visto el procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 774/2024, sobre el presunto delito leve de lesiones, con la intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, y
como implicados de Eliana Cristina Amarilla y Graciela Ferreira Saldivar, Abdelmahib
Karb y Pahola Beatriz González.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.—Las presentes actuaciones se iniciaron en virtud de atestado y previos los
trámites legales, se dictó providencia señalando día y hora para la celebración del juicio correspondiente, citándose al Ministerio Fiscal y a las demás partes intervinientes para el día
fijado, llegado el cual, se celebró con el resultado que consta en autos.
Segundo.—El Ministerio Fiscal, en trámite de conclusiones, informó en el sentido de solicitar la condena de Pahola Beatriz González, como autora de 2 delitos leves de lesiones del
artículo 147,2 del Código Penal, a la pena, por cada una de ellas, de un mes de multa, con una
cuota diaria de 4 euros, y que indemnizase a Graciala Ferreira Saldivar en la suma de 200 euros,
y a Eliana Cristina Amarilla en la suma de 100 euros, y la absolución de Abdelmahib Karb, a
lo que Graciela Ferrera Saldivar, Eliana Cristina Amarilla y Abdelmahib Karb se adhirieron.
Pahola Beatriz González solicitó su absolución.
Tercero.—En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Que debo condenar y condeno a Pahola Beatriz González, como autora de dos delitos
leves de lesiones, a la pena, por cada uno de ellos, de un mes de multa, con una cuota diaria de 2 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, a que indemnice a Eliana Cristina Amarilla
en el importe de 74,14 euros, y a Graciela Ferreiro Saldivar en el importe de 148,28 euros,
y al pago de dos cuartas partes de las costas de este procedimiento.
Y que debo absolver y absuelvo a Abdelmahib Karb de dos delitos leves de lesiones,
declarando de oficio dos cuartas partes de las costas de este procedimiento.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de
Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguido de dictarse por
el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día
de la fecha, de todo lo cual doy fe.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. GRACIELA FERREIRA SALDIVAR expido y firmo la presente.
En Madrid, a 21 de mayo de 2025.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/8.145/25)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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ISSN 1989-4791
BOCM-20250606-89
FALLO