Torres de la Alameda (BOCM-20250606-86)
Organización y funcionamiento. Ordenanza normas instalaciones deportivas
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BOCM
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
TORRES DE LA ALAMEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional, de 27 de marzo de 2025, de la modificación de la ordenanza reguladora de las normas generales de utilización de las instalaciones deportivas municipales por el uso de instalaciones deportivas
y otros servicios análogos del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, cuyo texto íntegro
se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
MODIFICACIÓN DE ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS
GENERALES DE UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES
DEPORTIVAS MUNICIPALES
Primero.—Se modifica el artículo 2, añadiendo al listado de instalaciones deportivas
municipales las siguientes:
— Pista polideportiva del Parque Olof Palme.
— Pistas polideportivas del Recinto Ferial.
— Skate Park en la calle Palmeras.
La redacción de las modificaciones realizadas en este artículo quedaría de la siguiente manera:
“Artículo 2. Ámbito de aplicación.—Esta ordenanza será de aplicación en las siguientes instalaciones deportivas municipales y sus espacios análogos:
Polideportivo municipal (calle Palmeras):
— ...
d Piscinas municipales.
d Pista polideportiva en calle Miguel de Cervantes.
d Pista polideportiva en Parque Olof Palme.
d Skate Park en calle Palmeras.
d Pistas polideportivas del Recinto Ferial”.
Segundo.—Se modifica el apartado 5, del Anexo I, de Normas Generales de Utilización,
de tal manera que se permita el acceso de público con animales de compañía a aquellos espacios al aire libre que formen parte de la zona de espectadores.
La redacción de las modificaciones realizadas en este artículo quedaría de la siguiente manera:
“ANEXO I
...
5. Se prohíbe acceder a las instalaciones con animales de compañía, exceptuando
personas invidentes o con deficiencia visual usuarios de perros guía al entorno, y exceptuando el acceso de público con animales de compañía a aquellos espacios al aire libre que
formen parte de la zona de espectadores.
…”.
Tercero.—Se modifica el apartado 3.2 del Anexo VII, de normas de uso de la piscina
municipal, de tal manera que se prohíbe el acceso de animales, excepto para aquellas actividades específicas que impliquen la participación de los mismos, y siempre que sea fuera
de las fechas de apertura destinadas al uso público.
BOCM-20250606-86
NORMAS GENERALES DE UTILIZACIÓN
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
TORRES DE LA ALAMEDA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional, de 27 de marzo de 2025, de la modificación de la ordenanza reguladora de las normas generales de utilización de las instalaciones deportivas municipales por el uso de instalaciones deportivas
y otros servicios análogos del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, cuyo texto íntegro
se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
MODIFICACIÓN DE ORDENANZA REGULADORA DE LAS NORMAS
GENERALES DE UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES
DEPORTIVAS MUNICIPALES
Primero.—Se modifica el artículo 2, añadiendo al listado de instalaciones deportivas
municipales las siguientes:
— Pista polideportiva del Parque Olof Palme.
— Pistas polideportivas del Recinto Ferial.
— Skate Park en la calle Palmeras.
La redacción de las modificaciones realizadas en este artículo quedaría de la siguiente manera:
“Artículo 2. Ámbito de aplicación.—Esta ordenanza será de aplicación en las siguientes instalaciones deportivas municipales y sus espacios análogos:
Polideportivo municipal (calle Palmeras):
— ...
d Piscinas municipales.
d Pista polideportiva en calle Miguel de Cervantes.
d Pista polideportiva en Parque Olof Palme.
d Skate Park en calle Palmeras.
d Pistas polideportivas del Recinto Ferial”.
Segundo.—Se modifica el apartado 5, del Anexo I, de Normas Generales de Utilización,
de tal manera que se permita el acceso de público con animales de compañía a aquellos espacios al aire libre que formen parte de la zona de espectadores.
La redacción de las modificaciones realizadas en este artículo quedaría de la siguiente manera:
“ANEXO I
...
5. Se prohíbe acceder a las instalaciones con animales de compañía, exceptuando
personas invidentes o con deficiencia visual usuarios de perros guía al entorno, y exceptuando el acceso de público con animales de compañía a aquellos espacios al aire libre que
formen parte de la zona de espectadores.
…”.
Tercero.—Se modifica el apartado 3.2 del Anexo VII, de normas de uso de la piscina
municipal, de tal manera que se prohíbe el acceso de animales, excepto para aquellas actividades específicas que impliquen la participación de los mismos, y siempre que sea fuera
de las fechas de apertura destinadas al uso público.
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NORMAS GENERALES DE UTILIZACIÓN