D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250606-22)
Depósito estatutos – Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre depósito de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Porteros Conserjes y Vigilantes de Garaje en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (SPCV) (número de depósito 28100077)
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BOCM
Pág. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
22
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre depósito de los estatutos de
la organización sindical denominada Sindicato de Porteros Conserjes y Vigilantes de Garaje en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid
(SPCV) (número de depósito 28100077).
Visto el escrito de solicitud de depósito de estatutos presentado por D. Eduardo Garvín Fernández, en representación de la Organización Sindical denominada Sindicato de
Porteros Conserjes y Vigilantes de Garaje en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (SPCV) y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que el citado Sindicato presentó escrito en esta Oficina de Depósito de Estatutos, por
el que solicitaba el depósito del acta de constitución y de sus estatutos.
Segundo
Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos por los siguientes promotores:
D.a Raquel Marrero García, D. Daniel Lorente Barbera, D. Francisco Javier Vicente Ramírez y D. Luis Zurdo Villamiel.
Tercero
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos, siendo el ámbito territorial el de la Comunidad de
Madrid y su ámbito funcional el establecido en el artículo 2 de los estatutos del sindicato.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 29 de
abril de 2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 13 de mayo de 2025.
Cuarto
Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones
reglamentarias de general aplicación.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad
Sindical y en el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y
demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que los Estatutos contienen
todos los requisitos exigidos en la citada Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, por lo que se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.o 4 de dicha Ley y en el
artículo 13.3 del Real Decreto 416/2015 de 29 de mayo.
BOCM-20250606-22
Primero
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
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22
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre depósito de los estatutos de
la organización sindical denominada Sindicato de Porteros Conserjes y Vigilantes de Garaje en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid
(SPCV) (número de depósito 28100077).
Visto el escrito de solicitud de depósito de estatutos presentado por D. Eduardo Garvín Fernández, en representación de la Organización Sindical denominada Sindicato de
Porteros Conserjes y Vigilantes de Garaje en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (SPCV) y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que el citado Sindicato presentó escrito en esta Oficina de Depósito de Estatutos, por
el que solicitaba el depósito del acta de constitución y de sus estatutos.
Segundo
Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos por los siguientes promotores:
D.a Raquel Marrero García, D. Daniel Lorente Barbera, D. Francisco Javier Vicente Ramírez y D. Luis Zurdo Villamiel.
Tercero
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos, siendo el ámbito territorial el de la Comunidad de
Madrid y su ámbito funcional el establecido en el artículo 2 de los estatutos del sindicato.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 29 de
abril de 2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 13 de mayo de 2025.
Cuarto
Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones
reglamentarias de general aplicación.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad
Sindical y en el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y
demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que los Estatutos contienen
todos los requisitos exigidos en la citada Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, por lo que se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.o 4 de dicha Ley y en el
artículo 13.3 del Real Decreto 416/2015 de 29 de mayo.
BOCM-20250606-22
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