D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250606-23)
Convenio – Convenio de 20 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 1.500.000 euros, para financiar en 2025 la 5.a edición del “Programa de técnicos de comercio exterior para la industria de la Comunidad de Madrid”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
Pág. 63
Segunda
La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, en su condición de
beneficiaria de la subvención, se compromete a desarrollar las actuaciones del “Programa
de Técnicos de Comercio Exterior para la Industria de la Comunidad de Madrid”. El programa tendrá una duración de dos años, conforme al cronograma estimativo que se incluye
en el Anexo I, y comprenderá las siguientes fases y actuaciones:
a) Fase de difusión y selección: acciones de difusión del programa y de selección de
los técnicos o beneficiarios finales del programa, conforme a criterios de perfil
académico como el nivel de formación, el tipo de estudios universitarios y el conocimiento de idiomas y la experiencia laboral.
La selección de los técnicos podrá comprender el desarrollo de pruebas específicas como exámenes de idiomas, test psicotécnicos, pruebas de desarrollo escrito
u oral y entrevistas.
Asimismo, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, llevará a cabo la identificación de países de destino de los Técnicos de Comercio Exterior para la realización de las prácticas. Dicha selección debe contar con la aprobación del órgano concedente de la subvención de la Comunidad de Madrid.
b) Fase de Formación Teórica Especializada en Comercio Internacional: desarrollo
de un curso de al menos 300 horas de duración dirigido a profundizar en el conocimiento de la realidad económica global y de las reglas del comercio internacional, así como del tejido económico madrileño y de sus instituciones, empresas y
asociaciones, en el que se proporcionarán las habilidades necesarias en la gestión
de empresas con vocación internacional, de las compras y ventas internacionales,
de captación de inversiones, y de las herramientas digitales aplicadas a la internacionalización.
c) Fase de Formación Práctica Especializada en destino internacional: los beneficiarios finales se incorporarán a las oficinas de la Red exterior de Oficinas Económicas y Comerciales, a la red de Cámaras de Comercio Españolas en el exterior o a
otros organismos o empresas cuya actividad sea la promoción internacional y la
atracción de inversiones, siempre bajo la supervisión de una persona que actúa
como tutora de su actividad en destino desde la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid. La duración de estas prácticas en destino internacional será de doce (12) meses.
Durante este período de prácticas en destino internacional y conforme a su duración,
cada Técnico de Comercio Exterior recibirá una dotación económica bruta en función del país y ciudad de destino, que se concretará en la relación de destinos, basada en criterios objetivos relacionados con los gastos de desplazamiento por la lejanía, estancia y el coste de vida inherente a cada país. Para la determinación de estos
importes se tomará como referencia la dotación económica establecida por las últimas bases reguladoras publicadas del Programa de Becas de Internacionalización
Empresarial de ICEX España Exportación e Inversiones, E. P. E., M. P.
El número de alumnos que podrán realizar la fase de Formación Teórica Especializada en Comercio Internacional será de un mínimo estimado de 44 y hasta un
máximo de 50. Una vez superada la fase formativa, y en base a los resultados obtenidos por cada alumno, se seleccionará a 22 técnicos, como mínimo, y 28 técnicos como máximo, para que desarrollen su formación práctica en destinos internacionales durante un año. El número máximo de técnicos en destino se
establecerá por las partes, en función del presupuesto disponible, una vez determinados los gastos incurridos durante la fase de difusión y selección, así como en la
de formación teórico especializada en comercio internacional.
La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid podrá subcontratar
hasta un porcentaje que no exceda del 50 por 100 del importe de las actividades que
componen la actuación subvencionada, conforme al artículo 29 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y al artículo 68 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Atendiendo a lo estipulado en el artículo 29.3 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el caso en que la actividad concertada con terceros exceda del 20 por 100
del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, se de-
BOCM-20250606-23
Actuaciones a desarrollar por la beneficiaria
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Pág. 63
Segunda
La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, en su condición de
beneficiaria de la subvención, se compromete a desarrollar las actuaciones del “Programa
de Técnicos de Comercio Exterior para la Industria de la Comunidad de Madrid”. El programa tendrá una duración de dos años, conforme al cronograma estimativo que se incluye
en el Anexo I, y comprenderá las siguientes fases y actuaciones:
a) Fase de difusión y selección: acciones de difusión del programa y de selección de
los técnicos o beneficiarios finales del programa, conforme a criterios de perfil
académico como el nivel de formación, el tipo de estudios universitarios y el conocimiento de idiomas y la experiencia laboral.
La selección de los técnicos podrá comprender el desarrollo de pruebas específicas como exámenes de idiomas, test psicotécnicos, pruebas de desarrollo escrito
u oral y entrevistas.
Asimismo, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, llevará a cabo la identificación de países de destino de los Técnicos de Comercio Exterior para la realización de las prácticas. Dicha selección debe contar con la aprobación del órgano concedente de la subvención de la Comunidad de Madrid.
b) Fase de Formación Teórica Especializada en Comercio Internacional: desarrollo
de un curso de al menos 300 horas de duración dirigido a profundizar en el conocimiento de la realidad económica global y de las reglas del comercio internacional, así como del tejido económico madrileño y de sus instituciones, empresas y
asociaciones, en el que se proporcionarán las habilidades necesarias en la gestión
de empresas con vocación internacional, de las compras y ventas internacionales,
de captación de inversiones, y de las herramientas digitales aplicadas a la internacionalización.
c) Fase de Formación Práctica Especializada en destino internacional: los beneficiarios finales se incorporarán a las oficinas de la Red exterior de Oficinas Económicas y Comerciales, a la red de Cámaras de Comercio Españolas en el exterior o a
otros organismos o empresas cuya actividad sea la promoción internacional y la
atracción de inversiones, siempre bajo la supervisión de una persona que actúa
como tutora de su actividad en destino desde la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid. La duración de estas prácticas en destino internacional será de doce (12) meses.
Durante este período de prácticas en destino internacional y conforme a su duración,
cada Técnico de Comercio Exterior recibirá una dotación económica bruta en función del país y ciudad de destino, que se concretará en la relación de destinos, basada en criterios objetivos relacionados con los gastos de desplazamiento por la lejanía, estancia y el coste de vida inherente a cada país. Para la determinación de estos
importes se tomará como referencia la dotación económica establecida por las últimas bases reguladoras publicadas del Programa de Becas de Internacionalización
Empresarial de ICEX España Exportación e Inversiones, E. P. E., M. P.
El número de alumnos que podrán realizar la fase de Formación Teórica Especializada en Comercio Internacional será de un mínimo estimado de 44 y hasta un
máximo de 50. Una vez superada la fase formativa, y en base a los resultados obtenidos por cada alumno, se seleccionará a 22 técnicos, como mínimo, y 28 técnicos como máximo, para que desarrollen su formación práctica en destinos internacionales durante un año. El número máximo de técnicos en destino se
establecerá por las partes, en función del presupuesto disponible, una vez determinados los gastos incurridos durante la fase de difusión y selección, así como en la
de formación teórico especializada en comercio internacional.
La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid podrá subcontratar
hasta un porcentaje que no exceda del 50 por 100 del importe de las actividades que
componen la actuación subvencionada, conforme al artículo 29 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y al artículo 68 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Atendiendo a lo estipulado en el artículo 29.3 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en el caso en que la actividad concertada con terceros exceda del 20 por 100
del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, se de-
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Actuaciones a desarrollar por la beneficiaria