D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250606-23)
Convenio – Convenio de 20 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Hacienda y Empleo) y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 1.500.000 euros, para financiar en 2025 la 5.a edición del “Programa de técnicos de comercio exterior para la industria de la Comunidad de Madrid”
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BOCM
Pág. 60
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 134
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
23
CONVENIO de 20 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo) y la Cámara Oficial de Comercio, Industria
y Servicios de Madrid, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una
subvención por importe de 1.500.000 euros, para financiar en 2025 la 5.a edición del “Programa de técnicos de comercio exterior para la industria de la Comunidad de Madrid”.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y
Empleo, según nombramiento efectuado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de
Gobierno, y en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024,
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones.
De otra parte, el Sr. D. Ángel Asensio Laguna, en nombre y representación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, como Presidente de la misma,
según Acuerdo de su Pleno de 6 de junio de 2022, y en base a lo dispuesto en el Acuerdo
del Comité Ejecutivo y Pleno de la citada corporación, de 17 de diciembre de 2024, en el
que se aprueba la delegación para la suscripción del convenio en el Presidente.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del
presente documento, en uso de las competencias que ambas partes tienen otorgadas,
I. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
de conformidad con lo dispuesto por el punto 3.1 del artículo 26 de la Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, por la que se aprueba su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras materias, en el fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos de la política económica nacional, así como en materia de ordenación y planificación
de la actividad económica regional de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad
económica general y la política monetaria del Estado.
II. De acuerdo con ello, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a través de
la Dirección General de Economía, en virtud de lo establecido en el artículo 19.2 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, ostenta competencias
en el ámbito de la competitividad, la internacionalización y captación de inversiones. En
concreto, en el impulso y la coordinación de las iniciativas orientadas a la mejora del clima
de negocio, la promoción y colaboración en la atracción de inversiones a la Comunidad de
Madrid y el diseño, el desarrollo y la coordinación de programas orientados a la internacionalización del tejido empresarial madrileño y al desarrollo del capital humano en materia
de internacionalización.
III. La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, de acuerdo con
lo previsto en la Ley 2/2014, de 16 de diciembre, que regula la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, tiene entre sus principales objetivos fomentar la internacionalización de la empresa madrileña mediante la prestación de servicios dirigidos a tal
fin, contribuyendo así al desarrollo del sector exterior en la Comunidad de Madrid. Asimismo, entre sus funciones está prestar servicios a empresas que contribuyan a la defensa, apoyo o fomento del comercio y la industria en la Comunidad de Madrid.
IV. La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid es una corporación de derecho público con funciones público-administrativas en diferentes materias dirigidas a revitalizar el tejido económico, el desarrollo empresarial y la generación de empleo. Según la Ley 2/2014, de 16 de diciembre, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Madrid, representa a todas las empresas de Madrid, incluyendo las empresas
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23
CONVENIO de 20 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo) y la Cámara Oficial de Comercio, Industria
y Servicios de Madrid, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una
subvención por importe de 1.500.000 euros, para financiar en 2025 la 5.a edición del “Programa de técnicos de comercio exterior para la industria de la Comunidad de Madrid”.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y
Empleo, según nombramiento efectuado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de
Gobierno, y en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 17 de abril de 2024,
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y se desconcentra el protectorado de fundaciones.
De otra parte, el Sr. D. Ángel Asensio Laguna, en nombre y representación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, como Presidente de la misma,
según Acuerdo de su Pleno de 6 de junio de 2022, y en base a lo dispuesto en el Acuerdo
del Comité Ejecutivo y Pleno de la citada corporación, de 17 de diciembre de 2024, en el
que se aprueba la delegación para la suscripción del convenio en el Presidente.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del
presente documento, en uso de las competencias que ambas partes tienen otorgadas,
I. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
de conformidad con lo dispuesto por el punto 3.1 del artículo 26 de la Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, por la que se aprueba su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras materias, en el fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos de la política económica nacional, así como en materia de ordenación y planificación
de la actividad económica regional de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad
económica general y la política monetaria del Estado.
II. De acuerdo con ello, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a través de
la Dirección General de Economía, en virtud de lo establecido en el artículo 19.2 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, ostenta competencias
en el ámbito de la competitividad, la internacionalización y captación de inversiones. En
concreto, en el impulso y la coordinación de las iniciativas orientadas a la mejora del clima
de negocio, la promoción y colaboración en la atracción de inversiones a la Comunidad de
Madrid y el diseño, el desarrollo y la coordinación de programas orientados a la internacionalización del tejido empresarial madrileño y al desarrollo del capital humano en materia
de internacionalización.
III. La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, de acuerdo con
lo previsto en la Ley 2/2014, de 16 de diciembre, que regula la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, tiene entre sus principales objetivos fomentar la internacionalización de la empresa madrileña mediante la prestación de servicios dirigidos a tal
fin, contribuyendo así al desarrollo del sector exterior en la Comunidad de Madrid. Asimismo, entre sus funciones está prestar servicios a empresas que contribuyan a la defensa, apoyo o fomento del comercio y la industria en la Comunidad de Madrid.
IV. La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid es una corporación de derecho público con funciones público-administrativas en diferentes materias dirigidas a revitalizar el tejido económico, el desarrollo empresarial y la generación de empleo. Según la Ley 2/2014, de 16 de diciembre, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Madrid, representa a todas las empresas de Madrid, incluyendo las empresas
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