C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250605-33)
Concesión subvenciones –  Orden 938/2025, 21 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se concede una subvención nominativa a la Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM) para el año 2025, y se establecen sus bases reguladoras
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 133

JUEVES 5 DE JUNIO DE 2025

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que resulte aplicable, en la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de
la Comunidad de Madrid.
10.4. El beneficiario estará sometido, igualmente, al régimen de infracciones y sanciones regulado en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así
como en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en
tanto no se oponga a lo establecido en aquella.
10.5. Esta ayuda se ajustará a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la
Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
10.6. La reducción de los costes subvencionables, con relación a los previstos inicialmente, llevará consigo la reducción correspondiente de la ayuda. En este sentido, la no
ejecución de alguna o de la totalidad de las actuaciones con llevará un reintegro proporcional al importe no ejecutado.
Tercero
Normativa aplicable
En todo lo no dispuesto en la presente Orden se aplicarán la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, así como su normativa de desarrollo.
Cuarto
Recursos
Contra esta Orden, que acaba con la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en
un mes, o directamente recurso contencioso administrativo, en dos meses, computados ambos desde la fecha de notificación. Conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones, según el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Quinto
Publicación
El órgano concedente de la ayuda dará publicidad a la presente subvención a través de
la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sexto
Efectos de la Orden

BOCM-20250605-33

La presente Orden surtirá efectos a partir de su notificación a la Asociación de Desarrollo de la Sierra de Guadarrama (ADESGAM).
Madrid, a 21 de abril de 2025.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D.
(Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 29 de noviembre de 2021), la Directora General de Turismo y Hostelería, Laura Martínez Cerro.
(03/8.249/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791