B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250604-7)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se modifica la Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I (Grupo III, Nivel 6, Área B), de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE JUNIO DE 2025
Pág. 29
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se modifica la Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter
laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I (Grupo III, Nivel 6,
Área B), de la Comunidad de Madrid.
Mediante Orden 592/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de
diciembre), modificada por la Orden 264/2022, de 14 de febrero, de la citada Consejería
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 24 de febrero) se convocaron las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I (Grupo III, Nivel 6, Área B).
De conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 592/2021, de 15 de
noviembre, anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por
el tribunal calificador de las reseñadas pruebas la relación definitiva de aspirantes aprobados en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar
la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellos a la
acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria.
Por Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 305, de 13 de diciembre),
fueron resueltas las mencionadas pruebas selectivas, incorporándose, como Anexo a aquella, la relación de personas seleccionadas, quienes debían proceder, en el plazo y forma estipulados en esa Resolución, a la elección de destinos y a la acreditación del cumplimiento
de los requisitos exigidos en la señalada Orden de convocatoria y demás normativa de aplicación al especificado proceso selectivo.
Con posterioridad a la publicación de la Resolución aludida en el párrafo precedente,
el Tribunal encargado de juzgar las indicadas pruebas ha puesto en conocimiento de este
Centro directivo la existencia de errores en las puntuaciones inicialmente asignada en la
fase de concurso y, consecuentemente, en la calificación final del expresado proceso selectivo, que fueron otorgados a algunos de los participantes aprobados, resultando alterada la
ordenación obrante en el listado de aspirantes que superaron las presentes pruebas y siendo
obligado, por tanto, efectuar su rectificación, a efectos de su publicación, al amparo de lo
establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia
y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, dispone en su base catorce.4 que:
“Con independencia del sistema selectivo, el tribunal de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número superior de aprobados al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula
de pleno derecho. No obstante lo anterior, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados antes de su contratación, podrá requerirse al tribunal de selección, relación
complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, que hubiesen superado todos los
ejercicios de la fase de oposición, para su nombramiento como personal laboral fijo”.
Habiéndose producido por el aspirante D. Luis Peláez Martín renuncia a la adjudicación de los puestos de trabajo, y a fin de proveer las plazas que han quedado sin cubrir, procede aprobar y hacer pública la relación de aspirantes aprobados en el procedimiento selec-
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B.O.C.M. Núm. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE JUNIO DE 2025
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I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se modifica la Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter
laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I (Grupo III, Nivel 6,
Área B), de la Comunidad de Madrid.
Mediante Orden 592/2021, de 15 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de
diciembre), modificada por la Orden 264/2022, de 14 de febrero, de la citada Consejería
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 24 de febrero) se convocaron las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Técnico Especialista I (Grupo III, Nivel 6, Área B).
De conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 592/2021, de 15 de
noviembre, anteriormente indicada y demás normativa de aplicación, una vez remitida por
el tribunal calificador de las reseñadas pruebas la relación definitiva de aspirantes aprobados en el referido proceso selectivo, la Dirección General de Función Pública ha de dictar
la correspondiente resolución comprensiva de dicha relación, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquellos a la
acreditación, en los términos previstos en la citada resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la señalada orden de convocatoria.
Por Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 305, de 13 de diciembre),
fueron resueltas las mencionadas pruebas selectivas, incorporándose, como Anexo a aquella, la relación de personas seleccionadas, quienes debían proceder, en el plazo y forma estipulados en esa Resolución, a la elección de destinos y a la acreditación del cumplimiento
de los requisitos exigidos en la señalada Orden de convocatoria y demás normativa de aplicación al especificado proceso selectivo.
Con posterioridad a la publicación de la Resolución aludida en el párrafo precedente,
el Tribunal encargado de juzgar las indicadas pruebas ha puesto en conocimiento de este
Centro directivo la existencia de errores en las puntuaciones inicialmente asignada en la
fase de concurso y, consecuentemente, en la calificación final del expresado proceso selectivo, que fueron otorgados a algunos de los participantes aprobados, resultando alterada la
ordenación obrante en el listado de aspirantes que superaron las presentes pruebas y siendo
obligado, por tanto, efectuar su rectificación, a efectos de su publicación, al amparo de lo
establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia
y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, dispone en su base catorce.4 que:
“Con independencia del sistema selectivo, el tribunal de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número superior de aprobados al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula
de pleno derecho. No obstante lo anterior, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes
seleccionados antes de su contratación, podrá requerirse al tribunal de selección, relación
complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, que hubiesen superado todos los
ejercicios de la fase de oposición, para su nombramiento como personal laboral fijo”.
Habiéndose producido por el aspirante D. Luis Peláez Martín renuncia a la adjudicación de los puestos de trabajo, y a fin de proveer las plazas que han quedado sin cubrir, procede aprobar y hacer pública la relación de aspirantes aprobados en el procedimiento selec-
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