Alcobendas (BOCM-20250603-72)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 131

BASE 9ª.- ACREDITACIÓN DE MÉRITOS
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes
y se acreditarán documentalmente.
Cuando dichos datos obren en poder de este Ayuntamiento, por la Dirección General de Gestión de
Talento se expedirán los documentos que acrediten la EXPERIENCIA y FORMACIÓN que consten
en el expediente personal de la persona aspirante, previa petición expresa por parte de aquella, con
una antelación mínima de tres días antes del último día del plazo de presentación de solicitudes.
Dichos documentos serán entregados a la persona interesada, que deberá revisar su contenido
para su presentación en este proceso selectivo, por si estima necesario complementarlos con algún
otro mérito o por si existieran errores en dichos documentos ya que, de ser así, no podrá modificarse
con posterioridad a la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.
Los documentos expedidos relativos a experiencia y formación se presentarán debidamente
firmados por el Departamento de Gestión de Talento (Recursos Humanos). En caso contrario no
serán considerados a la hora de realizar la valoración por parte de la Comisión.
Toda aquella documentación que no se encuentre en poder del Ayuntamiento de Alcobendas, si la
persona interesada no la aporta, no será tenida en cuenta en la valoración, aunque se haya hecho
alusión a la misma en la Autobaremación de méritos dentro de la Convocatoria.
BASE 10ª.- COMISIÓN DE VALORACIÓN
La Comisión de Valoración propuesta por la Dirección General de Gestión de Talento tendrá un
número de miembros impar y estará compuesta por:
x

Presidencia

Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo A2 o superior del Ayuntamiento
x

Secretaría

Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo A2 o superior del Ayuntamiento
x

3 Vocales

Tres funcionarios/as de carrera del Subgrupo A2 o superior del Ayuntamiento de los que, al menos
uno, corresponderá al Área destinataria del puesto.
Para cada miembro de la Comisión de Valoración se designará a un suplente.
Podrán asistir a las sesiones de la Comisión de Valoración, un representante de cada uno de los
grupos políticos, así como los representantes sindicales y en ambos casos como observadores, con
voz, pero sin voto.
BASE 11ª.- CALIFICACIÓN
La Comisión de Valoración examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos méritos
que hayan sido justificados documentalmente y de acuerdo con el baremo recogido en la Base 8ª.
Finalizada la valoración de méritos, la Comisión de Valoración publicará la relación de puntuaciones
provisionales, ordenadas de mayor a menor, abriéndose UN PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES
para la presentación de alegaciones.
Transcurrido el plazo citado y resueltas las reclamaciones presentadas, la Comisión de Valoración
hará público el resultado con las puntuaciones definitivas obtenidas por las personas aspirantes,
ordenadas de mayor a menor puntuación.



En primer lugar, la persona que tenga más puntuación en el apartado de EXPERIENCIA.



En segundo lugar, la persona con mayor antigüedad en la fecha de nombramiento como
funcionario/a de carrera en la Institución.



Si aun así continúa el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido
de las personas aspirantes empatadas, de conformidad con la letra que se determine en el
sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a
que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”. De
persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial del segundo apellido,
y de seguir persistiendo a la del nombre. La letra que regirá será la que esté vigente a fecha
de publicación de la convocatoria en el BOE.

BOCM-20250603-72

En caso de empate en la puntuación final, se aplicarán los siguientes criterios: