Alcobendas (BOCM-20250603-72)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 131

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025

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BASE 6ª: SOLICITUDES. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN
Para participar en el proceso selectivo debe accederse a través del enlace
https://alcobendas.convoca.online/ seleccionando la Convocatoria “PT 2025-011 UN PUESTO DE
TÉCNICO/A COORDINADOR/A LICENCIAS DE ACTIVIDADES”, adscrito al Centro Gestor “Licencias”,
siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la FNMT y/o Cl@ve.
En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará la documentación necesaria, que
acredite los méritos alegados por cada aspirante, salvo la que ya obre en poder de la Dirección
General de Gestión de Talento del Ayuntamiento de Alcobendas.
También podrá remitirse mediante las formas previstas en el Artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la convocatoria desde el enlace https://alcobendas.convoca.online/ se adjuntarán obligatoriamente los
justificantes, certificados y demás documentos que acrediten los méritos alegados por las personas
aspirantes para su valoración, tal y como se indica en la Base 8ª.
No se aceptarán ni solicitudes ni documentación adicional que no sea presentada de acuerdo con lo
expuesto anteriormente, a excepción de que, en el caso de la documentación obrante en la Dirección
General de Gestión de Talento, se detecte que no se ha tenido en cuenta alguna documentación,
en cuyo caso podrá aportarse durante el periodo de alegaciones a las puntuaciones provisionales.
El hecho de presentar la solicitud implicará que la persona aspirante reúne los requisitos exigidos y
autoriza la exposición de sus datos personales en la Web, el Tablón de anuncios y en la Intranet
Municipal de este Ayuntamiento.
El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, contados desde el día
hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
BASE 7ª: ADMISIÓN
Relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas: Expirado el plazo de presentación de
solicitudes, el órgano competente dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de
personas aspirantes admitidas y excluidas. Esta se hará pública en el Tablón de anuncios del
Ayuntamiento, en la Intranet Municipal y en la propia convocatoria https://alcobendas.convoca.online/
Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación de
personas admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES
contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución, a fin de subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanasen los defectos justificando su derecho a participar
en este proceso, serán definitivamente excluidos/as del proceso de selección. En caso de no existir
reclamaciones dicha resolución se elevará automáticamente a definitiva.
Relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas: Transcurrido dicho plazo, el órgano
competente dictará resolución aprobando la relación definitiva de personas admitidas y excluidas y
la composición nominal de la Comisión de Valoración con sus titulares y suplentes, que se publicará
en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la Intranet Municipal y en la propia convocatoria
https://alcobendas.convoca.online/.
BASE 8ª. MÉRITOS A VALORAR
Consistirá en la valoración de méritos relativos a la experiencia y formación.
Sólo podrán valorarse méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de presentación
de instancias.

1)

De conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007 para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, el tiempo que las aspirantes hayan permanecido
en los permisos y beneficios de protección a la maternidad y a la conciliación de la vida
personal, familiar y laboral, computará en la valoración del trabajo desarrollado.

2)

No se puntuarán independientemente méritos profesionales que coincidan en el tiempo,
sino que a cada periodo de tiempo se le aplicará una sola puntuación.
De manera general, se valorará toda la experiencia acumulada, contabilizándose el tiempo
equivalente si la jornada es a tiempo parcial.

BOCM-20250603-72

Consideraciones generales