Becerril de la Sierra (BOCM-20250603-81)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 131

El Tribunal valorará la capacidad analítica y resolutiva, la claridad y orden de ideas, la
aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los supuestos prácticos
planteados y la calidad de la expresión escrita y, en su caso, oral de la persona aspirante.
El Tribunal podrá decidir si el ejercicio debe ser leído por la persona opositora en sesión
pública, pudiendo realizar a la persona opositora las preguntas que considere oportunas, como
aclaración o explicación a las respuestas dadas en el mismo.
La calificación del ejercicio vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en
los cuatro supuestos con un máximo de 10 puntos. Cada uno de los supuestos prácticos se
calificará con un máximo de 2,5 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 1
punto en cada uno de ellos para poder superar el ejercicio y un mínimo de 5 en total.
Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados las personas
aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo
anterior.
3.- CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE TRABAJO
Se constituirá una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso de selección y no
resulten nombradas, a fin de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar
necesarios para cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, etc..
La bolsa será ordenada según la puntuación obtenida.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de 5
puntos en la prueba de carácter práctico.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por
la mayor nota obtenida en la prueba de carácter práctico.
El llamamiento a los candidatos se efectuará por orden de prelación (de mayor a menor) y de
forma rotatoria hasta agotar la bolsa, es decir hasta que no hayan sido todos los componentes
nombrados, éstos no podrán repetir.
La renuncia jutificada inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia justificada durante la vigencia
del contrato, no darán lugar a la exclusión de la Bolsa de Trabajo, pero ocasionará un cambio de
lugar del puesto, dentro de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la
Bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento
dentro de la Bolsa de Empleo:


Estar en situación de ocupado, prestando servicios como personal contratado, en
cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.



Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de
riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores de
nueve meses.



Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.

Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales
suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén actualizados en
todo momento.

La persona integrante de la Bolsa de Trabajo que reciba propuesta de oferta de trabajo, en los
términos descritos anteriormente, deberá proceder a la aceptación o rechazo de la misma, en un
periodo máximo de 24 horas, salvo por circunstancias excepcionales o de fuerza mayor.
Esta bolsa de empleo tendrá vigencia en tanto no se cree una bolsa nuevo derivada de un
nuevo proceso selectivo.

BOCM-20250603-81

Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación telefónica, el correo
electrónico con acuse de recepción o notificación electrónica, si no fuese posible el contacto en
veinticuatro horas se acudirá a la persona siguiente. Si se opta por la comunicación telefónica, se
realizarán un mínimo de tres intentos de contacto entre las 08:00 y las 15:00 horas, con un
intervalo de 30 minutos entre cada llamada.