Becerril de la Sierra (BOCM-20250603-81)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 131

TEMA 88- Desarrollo urbano de Becerril de la Sierra. Antecedentes, modificaciones y situación
actual.
TEMA 89.-Planeamiento de Becerril de la Sierra. Contenido. Objetivos. Criterios y soluciones
generales.
TEMA 90.- Evolución del planeamiento vigente. Suelo Urbanizable Sectorizado y Unidades de
Actuación. Grado de cumplimiento del planeamiento de desarrollo.
TEMA 91.- Normas Subsidiarias. Disposiciones generales. Incidencia sobre situaciones
preexistentes. Determinaciones en suelo urbano. Condiciones generales y particulares de los usos
TEMA 92.- Desarrollo del suelo urbano. Unidades de Actuación.
TEMA 93.- Normas Subsidiarias. Determinaciones en suelo urbanizable y no urbanizable.
TEMA 94.- Zonas de ordenanza de las Normas Subsidiarias de Becerril de la Sierra.

BOCM-20250603-81

Contra el presente Acuerdo que cierra la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes,
a contar de fecha a fecha desde el siguiente a su notificación, ante el alcalde del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid).
Si transcurrido el plazo de un mes desde la interposición de este recurso no se ha recibido resolución expresa del mismo, este se tendrá por desestimado y se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
reparto del partido judicial de Madrid en el plazo de seis meses, contados de fecha a fecha
desde el día siguiente a aquel en que el alcalde tendría que haber resuelto el recurso potestativo de reposición, en la forma y con los requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de resolución
expresa desestimatoria del recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses, contados de fecha a fecha desde el
día siguiente a la recepción de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.
No obstante lo anterior, se puede interponer directamente por parte de los interesados
el recurso contencioso-administrativo, sin necesidad de interponer previamente el recurso
potestativo de reposición, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del
partido judicial de Madrid, en el plazo de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día
siguiente a la publicación de la presente, en la forma y con los requisitos exigidos en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el interesado
considere conveniente.
Becerril de la Sierra, a 23 de mayo de 2025.—El alcalde-presidente, José Luis Martín
González.
(03/8.231/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791