San Fernando de Henares (BOCM-20250603-100)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 131
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025
Pág. 271
3.4.3. Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, en los casos
en que se hayan previsto.
3.4.4. Autorización para someterse a todas las pruebas médicas que determine el equipo
médico para las plazas en que se establezcan en las bases específicas, y se
adjuntará como anexo a las correspondientes convocatorias.
3.4.5. Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas propias del puesto, y se adjuntará como anexo a las correspondientes
convocatorias.
3.4.6. Declaración responsable de no haber sido separados del servicio ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, y se adjuntará
como anexo a las correspondientes convocatorias.
3.4.7. Fotocopia de la titulación exigida en las bases específicas o documento
acreditativo de abono de las tasas para su expedición del mismo. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
3.4.8. Los aspirantes que hayan optado por el turno de discapacidad deberán aportar
certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio de Empleo y
Seguridad Social, o en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la
que se acredite la calificación de la minusvalía, el grado de la misma, así como la
compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
3.4.9. Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en las bases específicas.
Admisión de candidatos/as
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia, o el órgano
competente para ello, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos/as y/o excluidos/as, que se
expondrá en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la web municipal y serán
publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En dicha
resolución se indicarán las causas de la inadmisión, y se indicará el lugar donde se
encuentren las listas certificadas completas de admitidos/as y excluidos/as. Una vez
aprobado el listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar,
fecha y hora de comienzo de los ejercicios de las pruebas y se publicará la composición
del Tribunal Calificador de las mismas. El cumplimiento de los requisitos en el apartado
segundo de las presentes Bases deberá ser reconocido por el Tribunal Calificador.
La inclusión de las personas aspirantes en la lista de admitidos no supone, en ningún
caso, el reconocimiento por parte de esta Administración de que reúnen todos los
requisitos exigidos en el apartado segundo de las presentes bases.
4.2. Los/as aspirantes excluidos, así como quienes no figuren en la relación de admitidos/as
ni en la de excluidos/as, dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir
del siguiente a la publicación de dicha resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión
o su no inclusión expresa.
4.3. Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista podrán subsanarse
en cualquier momento, de oficio o a petición de la parte interesada.
4.4. Expirado el plazo de subsanación de errores, la Alcaldía, o el órgano competente para
ello, dictará nueva resolución con la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que se
expondrá en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento
exclusivamente.
4.5. Contra la resolución que haga pública la relación definitiva de aspirantes excluidos/as
podrá interponerse recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a partir del
día siguiente de su publicación en la página web del Ayuntamiento, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de dicha
publicación.
Para las plazas a cubrir en promoción interna, las resoluciones se publicarán únicamente en el
tablón de edictos del Ayuntamiento y en la web del Ayuntamiento.
BOCM-20250603-100
4.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 131
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025
Pág. 271
3.4.3. Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, en los casos
en que se hayan previsto.
3.4.4. Autorización para someterse a todas las pruebas médicas que determine el equipo
médico para las plazas en que se establezcan en las bases específicas, y se
adjuntará como anexo a las correspondientes convocatorias.
3.4.5. Declaración responsable de poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas propias del puesto, y se adjuntará como anexo a las correspondientes
convocatorias.
3.4.6. Declaración responsable de no haber sido separados del servicio ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos, y se adjuntará
como anexo a las correspondientes convocatorias.
3.4.7. Fotocopia de la titulación exigida en las bases específicas o documento
acreditativo de abono de las tasas para su expedición del mismo. En el caso de
titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
3.4.8. Los aspirantes que hayan optado por el turno de discapacidad deberán aportar
certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio de Empleo y
Seguridad Social, o en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la
que se acredite la calificación de la minusvalía, el grado de la misma, así como la
compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
3.4.9. Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en las bases específicas.
Admisión de candidatos/as
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia, o el órgano
competente para ello, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos/as y/o excluidos/as, que se
expondrá en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la web municipal y serán
publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En dicha
resolución se indicarán las causas de la inadmisión, y se indicará el lugar donde se
encuentren las listas certificadas completas de admitidos/as y excluidos/as. Una vez
aprobado el listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar,
fecha y hora de comienzo de los ejercicios de las pruebas y se publicará la composición
del Tribunal Calificador de las mismas. El cumplimiento de los requisitos en el apartado
segundo de las presentes Bases deberá ser reconocido por el Tribunal Calificador.
La inclusión de las personas aspirantes en la lista de admitidos no supone, en ningún
caso, el reconocimiento por parte de esta Administración de que reúnen todos los
requisitos exigidos en el apartado segundo de las presentes bases.
4.2. Los/as aspirantes excluidos, así como quienes no figuren en la relación de admitidos/as
ni en la de excluidos/as, dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir
del siguiente a la publicación de dicha resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión
o su no inclusión expresa.
4.3. Los errores materiales o de hecho que pudieran advertirse en la lista podrán subsanarse
en cualquier momento, de oficio o a petición de la parte interesada.
4.4. Expirado el plazo de subsanación de errores, la Alcaldía, o el órgano competente para
ello, dictará nueva resolución con la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, que se
expondrá en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento
exclusivamente.
4.5. Contra la resolución que haga pública la relación definitiva de aspirantes excluidos/as
podrá interponerse recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a partir del
día siguiente de su publicación en la página web del Ayuntamiento, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de dicha
publicación.
Para las plazas a cubrir en promoción interna, las resoluciones se publicarán únicamente en el
tablón de edictos del Ayuntamiento y en la web del Ayuntamiento.
BOCM-20250603-100
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