Villaviciosa de Odón (BOCM-20250603-106)
Contratación. Mesa contratación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 131
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
106
VILLAVICIOSA DE ODÓN
En relación con la composición y funcionamiento de la Mesa de Contratación, la Junta
de Gobierno Local de fecha 21 de mayo de 2025, por delegación del Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 29 de abril de 2024, adoptó el acuerdo que se transcribe.
Primero.—Aprobar la siguiente composición de las Mesas de Contratación permanentes
para los contratos en los que la competencia para contratar esté atribuida legalmente al Pleno:
— Presidente: El/la Jefe/a de Servicio de Contratación y en su defecto e indistintamente, el/la Técnico Superior de Contratación o los Técnicos de Administración
General adscritos a Contratación.
— Vocales:
• El/la Secretario/a del Ayuntamiento y en su defecto quien ejerza sus funciones.
• El/la Interventor/a del Ayuntamiento, en su defecto el/la Viceinterventor/a y en
su defecto quien ejerza sus funciones.
• El/la Jefe/a de Servicio de Rentas y en su defecto el/la Tesorero/a.
— Secretario (con voz pero sin voto): Indistintamente, el/la Técnico Superior de
Contratación o los Técnicos de Administración General adscritos a Contratación
y en su defecto el personal administrativo adscrito al Servicio de Contratación.
— Asistirán a la Mesa de Contratación, con voz pero sin voto en calidad de asesores,
los Técnicos del servicio que propone la contratación o cualquier otro Técnico a
requerimiento de la Mesa.
Esta composición de las Mesas de Contratación será aplicable a aquellas que se deban
constituir en expedientes en que el órgano competente (D. A. 2.a LCSP) sea el Pleno de la
Corporación o la Junta de Gobierno por delegación del Pleno.
Segundo.—Dada la especificidad y peculiaridad técnica del procedimiento de Licitación
electrónica, en el que la vertiente jurídica va íntimamente unida a la vertiente tecnológica, se
hace necesario continuar poniendo a disposición de los miembros de la Mesa de Contratación
para su asesoramiento y apoyo técnico-informático, un Gestor del Órgano de Asistencia, manteniéndose la designación efectuada anteriormente para dicha función a la Técnico de Sistemas del Ayuntamiento por sus conocimientos en la materia y su formación en la utilización
de la herramienta que proporciona la Plataforma de Contratación del Sector Público de forma
totalmente gratuita, para llevar a cabo las Licitaciones electrónicas con total garantía, publicidad y transparencia.
Tercero.—El régimen de organización y funcionamiento de la Mesa de Contratación,
se regirá en primer lugar, por la legislación de Contratos del Sector Público y supletoriamente por la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley de Régimen Jurídico
del Sector Público y la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las sesiones que celebre la Mesa de Contratación, ésta quedará válidamente constituida con la asistencia tanto de forma presencial como a distancia de la mayoría absoluta
de sus miembros y, en todo caso, por el Presidente, el Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano.
Cuarto.—El presente acuerdo surtirá efecto desde el día siguiente a su adopción, sin
perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el “perfil del contratante”.
No obstante, en los expedientes de contratación aprobados hasta la fecha de entrada en
vigor del presente acuerdo, se mantendrá la composición de la mesa de contratación contemplada en los correspondientes pliegos que rigen cada licitación.
Quinto.—Notificar el presente acuerdo a los interesados.
Sexto.—Dar cuenta del presente acuerdo en la próxima Comisión de Vigilancia de la
Contratación.
BOCM-20250603-106
CONTRATACIÓN
Pág. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 3 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 131
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
106
VILLAVICIOSA DE ODÓN
En relación con la composición y funcionamiento de la Mesa de Contratación, la Junta
de Gobierno Local de fecha 21 de mayo de 2025, por delegación del Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 29 de abril de 2024, adoptó el acuerdo que se transcribe.
Primero.—Aprobar la siguiente composición de las Mesas de Contratación permanentes
para los contratos en los que la competencia para contratar esté atribuida legalmente al Pleno:
— Presidente: El/la Jefe/a de Servicio de Contratación y en su defecto e indistintamente, el/la Técnico Superior de Contratación o los Técnicos de Administración
General adscritos a Contratación.
— Vocales:
• El/la Secretario/a del Ayuntamiento y en su defecto quien ejerza sus funciones.
• El/la Interventor/a del Ayuntamiento, en su defecto el/la Viceinterventor/a y en
su defecto quien ejerza sus funciones.
• El/la Jefe/a de Servicio de Rentas y en su defecto el/la Tesorero/a.
— Secretario (con voz pero sin voto): Indistintamente, el/la Técnico Superior de
Contratación o los Técnicos de Administración General adscritos a Contratación
y en su defecto el personal administrativo adscrito al Servicio de Contratación.
— Asistirán a la Mesa de Contratación, con voz pero sin voto en calidad de asesores,
los Técnicos del servicio que propone la contratación o cualquier otro Técnico a
requerimiento de la Mesa.
Esta composición de las Mesas de Contratación será aplicable a aquellas que se deban
constituir en expedientes en que el órgano competente (D. A. 2.a LCSP) sea el Pleno de la
Corporación o la Junta de Gobierno por delegación del Pleno.
Segundo.—Dada la especificidad y peculiaridad técnica del procedimiento de Licitación
electrónica, en el que la vertiente jurídica va íntimamente unida a la vertiente tecnológica, se
hace necesario continuar poniendo a disposición de los miembros de la Mesa de Contratación
para su asesoramiento y apoyo técnico-informático, un Gestor del Órgano de Asistencia, manteniéndose la designación efectuada anteriormente para dicha función a la Técnico de Sistemas del Ayuntamiento por sus conocimientos en la materia y su formación en la utilización
de la herramienta que proporciona la Plataforma de Contratación del Sector Público de forma
totalmente gratuita, para llevar a cabo las Licitaciones electrónicas con total garantía, publicidad y transparencia.
Tercero.—El régimen de organización y funcionamiento de la Mesa de Contratación,
se regirá en primer lugar, por la legislación de Contratos del Sector Público y supletoriamente por la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley de Régimen Jurídico
del Sector Público y la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las sesiones que celebre la Mesa de Contratación, ésta quedará válidamente constituida con la asistencia tanto de forma presencial como a distancia de la mayoría absoluta
de sus miembros y, en todo caso, por el Presidente, el Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano.
Cuarto.—El presente acuerdo surtirá efecto desde el día siguiente a su adopción, sin
perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el “perfil del contratante”.
No obstante, en los expedientes de contratación aprobados hasta la fecha de entrada en
vigor del presente acuerdo, se mantendrá la composición de la mesa de contratación contemplada en los correspondientes pliegos que rigen cada licitación.
Quinto.—Notificar el presente acuerdo a los interesados.
Sexto.—Dar cuenta del presente acuerdo en la próxima Comisión de Vigilancia de la
Contratación.
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