C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20250602-27)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba la II convocatoria, y sus bases reguladoras, del Consejo Social de bolsas de viaje dirigidas a los estudiantes de doctorado matriculados en programas de doctorado regulados por los Reales Decretos 99/2011 y 576/2023, para la participación como ponente en congresos científicos internacionales desde enero hasta agosto de 2025
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 2 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 130

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Universidad Rey Juan Carlos
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EXTRACTO de la Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por
la que se aprueba la II convocatoria, y sus bases reguladoras, del Consejo Social
de bolsas de viaje dirigidas a los estudiantes de doctorado matriculados en programas de doctorado regulados por los Reales Decretos 99/2011 y 576/2023,
para la participación como ponente en congresos científicos internacionales
desde enero hasta agosto de 2025.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
BDNS: 835134
Primero
Para optar a las siguientes ayudas, a que se refieren las presentes bases reguladoras, los
estudiantes de doctorado de la URJC deberán reunir los siguientes requisitos:
Requisitos generales:
3.1. Con carácter general, podrán solicitar las ayudas previstas en la presente convocatoria los estudiantes de doctorando matriculados (al corriente de pago) y con matrícula activa
en el momento de su participación en el congreso científico internacional en cualquier programa de doctorado de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos, de los regulados por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, y el Real Decreto 576/2023,
de 18 de julio, por los que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
3.2. Requisitos específicos: el solicitante de la ayuda no debe contar con fondos de
investigación propios para sufragar la participación para la que solicita la ayuda, bien porque no pueda obtenerla de un proyecto de investigación o artículo 60 al que imputar este
gasto, o bien porque dicha financiación no esté contemplada en el mismo o se haya agotado. Estos últimos casos deben ser justificados en la solicitud.
3.3. Las ayudas reguladas en las presentes Bases serán incompatibles con cualquier
otra ayuda económica percibida para el mismo fin.
3.4. Los interesados que opten a la adjudicación de alguna de las ayudas contenidas
en la presente resolución no podrán incurrir en ninguna de las circunstancias contenidas en
el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y especialmente deberán:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a
la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes en la forma que se
determine reglamentariamente.
b) No haber sido condenados mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes
y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
El hecho de concurrir a la presente convocatoria por parte de los solicitantes implica
la aceptación de las normas fijadas en la misma, así como de los requisitos en ella establecidos, de acuerdo con sus bases reguladoras.
Otros requisitos:
La presentación en tiempo y forma de la solicitud por el interesado supone:
a) Que acepta las presentes bases y su convocatoria.
b) Que todos los datos incorporados a la solicitud son ciertos.

BOCM-20250602-27

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