Meco (BOCM-20250530-74)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
25 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 328
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 128
ANEXO II
DOCUMENTACIÓN MÍNIMA NECESARIA PARA
LAS LICENCIAS TRAMITADAS CON PROYECTO BÁSICO
El proyecto técnico deberá estar suscrito por técnico/os competente/es y, en los supuestos contemplados en el artículo 2 del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre Visado Colegial Obligatorio, visado por el colegio oficial correspondiente. Los contenidos relacionados están
íntimamente ligados al tipo de obra y/o actuación proyectada; por lo que el proyecto que acompañe
una solicitud de licencia concreta deberá desarrollar sólo aquellos que requiera su objeto.
Contenido mínimo del Proyecto Básico
x
Lo establecido para el Proyecto Básico en el Anejo I del CTE Parte I
x
Justificación de cumplimiento de la normativa de accesibilidad autonómica y estatal
x
Justificación del CTE DB-HE4 - 5
x
Planos de Saneamiento de la edificación y parcela. Descripción gráfica indicando características acometidas al saneamiento municipal de acuerdo ordenanza de saneamiento y
normativa del Canal de Isabel II.
x
Plano de afecciones a la urbanización con fotografías, definiendo el estado actual y en
caso necesario modificación de aceras para el paso de vehículos sin afectar al mobiliario
urbano u arbolado.
x
Plano acotado de cerramiento de parcela, a dominio público y colindantes, conforme normativa e indicando materiales de terminación. En el caso de ser medianeros se incluirá
autorización firmada por ambos propietarios y compromiso de inscripción en el Registro
de la Propiedad
x
Estudio seguridad y salud / Estudio Básico de seguridad y salud
x
Certificado de viabilidad Geométrica (art 7 Ley 2/1999 de 17 de marzo de CAM sobre Medidas para la Calidad en la Edificación)
x
Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición. Valoración coste previsto
Otros documentos anexos
o
Hoja dirección facultativa arquitecto.
o Hoja dirección facultativa aparejador.
o Hoja dirección otros
o Hoja de estadística de edificación
o
Estudio seguridad y salud / Estudio Básico de seguridad y salud (1)
o
Proyecto telecomunicaciones en su caso (1)
o Estudio Geotécnico
o
Certificado de Eficiencia Energética
(1) En el caso de tramitar la licencia con Proyecto Básico podrá demorarse al momento de la presentación de
la declaración responsable de encontrarse elaborado y visado el Proyecto de Ejecución los siguientes documentos visados:
1. Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico, según corresponda.
2. Proyecto de telecomunicaciones, en su caso.
BOCM-20250530-74
Para el inicio de las obras una vez obtenida la licencia conforme a un proyecto básico, será suficiente con la presentación por el interesado de la declaración responsable firmada por el promotor y el técnico redactor de haberse elaborado y visado el Proyecto de Ejecución de conformidad con el Proyecto Básico y no introduce modificaciones sustanciales que supongan
la realización de un proyecto diferente al inicialmente autorizado respecto el cual se concedió licencia y copia del mismo en formato digital, en base a lo regulado en el artículo 154.3 Ley
8/2020 de 8 de octubre.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 328
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 128
ANEXO II
DOCUMENTACIÓN MÍNIMA NECESARIA PARA
LAS LICENCIAS TRAMITADAS CON PROYECTO BÁSICO
El proyecto técnico deberá estar suscrito por técnico/os competente/es y, en los supuestos contemplados en el artículo 2 del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre Visado Colegial Obligatorio, visado por el colegio oficial correspondiente. Los contenidos relacionados están
íntimamente ligados al tipo de obra y/o actuación proyectada; por lo que el proyecto que acompañe
una solicitud de licencia concreta deberá desarrollar sólo aquellos que requiera su objeto.
Contenido mínimo del Proyecto Básico
x
Lo establecido para el Proyecto Básico en el Anejo I del CTE Parte I
x
Justificación de cumplimiento de la normativa de accesibilidad autonómica y estatal
x
Justificación del CTE DB-HE4 - 5
x
Planos de Saneamiento de la edificación y parcela. Descripción gráfica indicando características acometidas al saneamiento municipal de acuerdo ordenanza de saneamiento y
normativa del Canal de Isabel II.
x
Plano de afecciones a la urbanización con fotografías, definiendo el estado actual y en
caso necesario modificación de aceras para el paso de vehículos sin afectar al mobiliario
urbano u arbolado.
x
Plano acotado de cerramiento de parcela, a dominio público y colindantes, conforme normativa e indicando materiales de terminación. En el caso de ser medianeros se incluirá
autorización firmada por ambos propietarios y compromiso de inscripción en el Registro
de la Propiedad
x
Estudio seguridad y salud / Estudio Básico de seguridad y salud
x
Certificado de viabilidad Geométrica (art 7 Ley 2/1999 de 17 de marzo de CAM sobre Medidas para la Calidad en la Edificación)
x
Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición. Valoración coste previsto
Otros documentos anexos
o
Hoja dirección facultativa arquitecto.
o Hoja dirección facultativa aparejador.
o Hoja dirección otros
o Hoja de estadística de edificación
o
Estudio seguridad y salud / Estudio Básico de seguridad y salud (1)
o
Proyecto telecomunicaciones en su caso (1)
o Estudio Geotécnico
o
Certificado de Eficiencia Energética
(1) En el caso de tramitar la licencia con Proyecto Básico podrá demorarse al momento de la presentación de
la declaración responsable de encontrarse elaborado y visado el Proyecto de Ejecución los siguientes documentos visados:
1. Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico, según corresponda.
2. Proyecto de telecomunicaciones, en su caso.
BOCM-20250530-74
Para el inicio de las obras una vez obtenida la licencia conforme a un proyecto básico, será suficiente con la presentación por el interesado de la declaración responsable firmada por el promotor y el técnico redactor de haberse elaborado y visado el Proyecto de Ejecución de conformidad con el Proyecto Básico y no introduce modificaciones sustanciales que supongan
la realización de un proyecto diferente al inicialmente autorizado respecto el cual se concedió licencia y copia del mismo en formato digital, en base a lo regulado en el artículo 154.3 Ley
8/2020 de 8 de octubre.