Meco (BOCM-20250530-74)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 326

VIERNES 30 DE MAYO DE 2025

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B.O.C.M. Núm. 128

Solares:
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El cerramiento será de malla de simple torsión tanto a alineación oficial como a colindantes y así se reflejará en presupuesto y planos.

Además, en el caso de demoliciones:
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Proyecto visado suscrito por técnico competente que, con independencia de los documentos exigibles reglamentariamente, incluya:
o

Que el edificio no dispone de algún tipo de protección recogida en el catálogo de Meco o dentro del entorno de protección del BIC.

o

Ordenanza zonal de aplicación.

o

Indicación expresa de si la demolición es total o parcial.

o

Existencia o no de materiales peligrosos/fibrocemento.

o

Plano de la parcela, de estado actual y reformado, a escala suficiente, donde se señalen las distintas edificaciones/construcciones y el arbolado, indicando las especies y el
diámetro de su tronco en la base y edad, adjuntando documentación fotográfica de las
distintas edificaciones/construcciones y del arbolado.

o

Ortofoto actualizada de la parcela sobre la que se indique el acceso de la maquinaria,
indicando la posible afección sobre el arbolado existente.

o

Tratamiento de las medianeras que queden al descubierto.

o

Plano de alzado del preceptivo cerramiento de parcela tras la demolición.

o

Plano topográfico de estado reformado. En caso de que en la parcela permanezca
alguna edificación tras la demolición solicitada, establecer si la misma cumple los parámetros urbanísticos determinados por la Ordenanza de aplicación.

En el supuesto de que el material de cubierta de la edificación o construcción a demoler
sea fibrocemento, copia de la solicitud realizada ante la Autoridad Laboral de la Comunidad de Madrid para la aprobación del correspondiente plan de trabajo.

Además, en el caso de construcción de cambios de uso vivienda local o viceversa:
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Proyecto suscrito por técnico competente (no se requiere visado salvo cambio de uso característico del edificio) que, con independencia de los documentos exigibles reglamentariamente, incluya:
o

Cédula o informe urbanístico de viabilidad de cambio de uso emitida por el Ayuntamiento.

o

Que el edificio no dispone de algún tipo de protección recogida en el catálogo de Meco o dentro del entorno de protección del BIC.

o

Ordenanza zonal de aplicación y su justificación, así como, el cumplimiento capítulo 6
respecto el cumplimiento de las condiciones del uso concreto.

o

Autorización de la Comunidad de Propietarios en el caso que las obras e instalaciones a ejecutar afecten a elementos comunes.

o

Fotografías interiores y exteriores estado actual.

Además, en el caso de instalación de máquinas de climatización en edificios existentes:
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Plano de ubicación de los aparatos exteriores justificando el cumplimiento art. 5.7.3. del
Plan General, distancias respecto colindantes y donde se compruebe que no tienen impacto visual negativo.

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Proyecto técnico firmado por técnico competente (>10 Kw) o memoria técnica (≤10 Kw)
que incluya:
o

Memoria descriptiva, donde se incluya la ficha técnica de las placas solares a instalar,
cálculo en la que se indique la producción estimada de energía con la instalación proyectada. Deberá tenerse en cuenta y justificar que la instalación proyectada no emite
deslumbramientos a edificaciones próximas.

BOCM-20250530-74

Además, en el caso de instalación fotovoltaica: