D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250530-48)
Depósito estatutos – Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Campos de Golf de Madrid (ACGM) (número de depósito 28000096)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025
Pág. 253
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
48
RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Campos de Golf de
Madrid (ACGM) (número de depósito 28000096).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Pedro
Ávila Láinez, en representación de la asociación empresarial denominada Asociacion de
Campos de Golf de Madrid (ACGM) y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2025/000115, en
esta Oficina de Depósito de Estatutos, de 26 de marzo de 2025, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 7 de
abril de 2025, para la subsanación de los mismos que fue efectuada el 9 de mayo de 2025.
Se adjunta Acta 1/25 de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 24 de febrero de 2025, por la que se adopta el acuerdo de modificación de los estatutos de la asociación. Se adjunta así mismo el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
En particular, se modifica el artículo 4 por el que se traslada el domicilio social de la asociación a la calle Juan Hurtado de Mendoza, número 13, entreplanta, oficina 7, de Madrid.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de
estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015,
de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición
reglamentaria.
BOCM-20250530-48
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del Derecho
de Asociación Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/77
de 1 de abril y Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y
demás disposiciones complementarias concordantes.
B.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025
Pág. 253
I. COMUNIDAD DE MADRID
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48
RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada Asociación de Campos de Golf de
Madrid (ACGM) (número de depósito 28000096).
Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Pedro
Ávila Láinez, en representación de la asociación empresarial denominada Asociacion de
Campos de Golf de Madrid (ACGM) y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2025/000115, en
esta Oficina de Depósito de Estatutos, de 26 de marzo de 2025, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 7 de
abril de 2025, para la subsanación de los mismos que fue efectuada el 9 de mayo de 2025.
Se adjunta Acta 1/25 de la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 24 de febrero de 2025, por la que se adopta el acuerdo de modificación de los estatutos de la asociación. Se adjunta así mismo el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
En particular, se modifica el artículo 4 por el que se traslada el domicilio social de la asociación a la calle Juan Hurtado de Mendoza, número 13, entreplanta, oficina 7, de Madrid.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de
estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015,
de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición
reglamentaria.
BOCM-20250530-48
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del Derecho
de Asociación Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/77
de 1 de abril y Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y
demás disposiciones complementarias concordantes.