B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20250529-34)
Resolución proceso selectivo –  Resolución de 13 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se declara superado el proceso selectivo mediante concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista en Aparato Digestivo (Personal Sanitario del Grupo A, Subgrupo A1), se publica la relación de plazas ofertadas y se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes y la entrega de documentación acreditativa
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 198

JUEVES 29 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 127

9. El proceso de adjudicación de plazas quedará concluido una vez que se adjudiquen la totalidad de las plazas ofertadas en el Anexo II, sin posibilidad de ampliar el número de plazas a pesar de existir relación complementaria de aspirantes.
10. Las plazas que resulten vacantes con posterioridad a la aprobación de la resolución definitiva prevista en el apartado quinto por renuncia tácita o expresa de aquellos a los
que se le hubiesen adjudicado no se proveerán nuevamente en la presente convocatoria.
11. En la página web Concurso de Méritos Facultativo Especialista en Aparato Digestivo 2024 | Comunidad de Madrid:
— https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/concurso-meritos-facultativoespecialista-aparato-digestivo-2024
y en:
— www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general
Estarán disponibles:
— El formulario “Elección de plaza y documentación acreditativa”.
— El modelo “Autorización de presentación de solicitud”.
— Las instrucciones relativas a la cumplimentación y presentación de forma electrónica.
12. El formulario y la documentación acreditativa se presentará por Internet a través
del Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, o de los demás registros previstos en
el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, por lo que será necesario disponer de uno de los
Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se
establezcan específicamente para cada tipo de firma.
13. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la solicitud/formulario puede ser firmada por medio de representante que actúe en nombre del interesado. En este caso y a los únicos efectos de presentar la solicitud/formulario, deberá
aportarse el modelo de autorización debidamente cumplimentado (Autorización de presentación de solicitud).
Cuarto
Los aspirantes incluidos en el Anexo I, deberán adjuntar al formulario “Elección de
plaza y documentación acreditativa” la siguiente documentación:
a) Aspirantes de nacionalidad española:
— Documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Aspirantes que no posean la nacionalidad española:
— Documento que acredite su nacionalidad.
— Documentación acreditativa del vínculo de parentesco requerida en la base 12.1
de la convocatoria.
c) Titulación exigida para su participación en estas pruebas selectivas (Título de Médico/a Especialista en Aparato Digestivo, expedido por el Ministerio competente).
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la credencial de homologación, según lo establecido en la base 12.1 de la convocatoria.
d) En el caso de haber superado el proceso selectivo por el cupo de discapacidad, certificado vigente acreditativo de la discapacidad, expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o tarjeta acreditativa del grado de la discapacidad.
e) Conforme lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, deberán presentar certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales y de trata de seres humanos, acreditativo de que no han sido condenados
mediante sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales, así como por cualquier delito de trata de seres humanos.

BOCM-20250529-34

Documentación a presentar