Madrid (BOCM-20250529-74)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 418
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 127
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 27 de mayo de 2025, por el que se aprueba un suplemento de
crédito, por importe de 5.207.709,72 euros, en el presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión (6/2025), ordinaria celebrada el día 27 de
mayo de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 5.207.709,72 euros en
el presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid para 2025,
correspondiente al capítulo 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios” en la aplicación presupuestaria 501/102/491.01/222.01, subconcepto económico “Postales” del programa “Servicios
informáticos y comunicaciones».
La citada modificación se financia con el remanente de Tesorería para gastos generales obtenido de la liquidación del presupuesto del Organismo Autónomo Informática del
Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2024”.
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
GASTOS
Altas
Bajas
INGRESOS
TOTAL
Mayor
Menor
TOTAL
Capítulo 1
Capítulo 2
5.207.709,72
5.207.709,72
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8
5.207.709,72
5.207.709,72
5.207.709,72
5.207.709,72
TOTAL
5.207.709,72
5.207.709,72
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en
derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 27 de mayo de 2025.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López
de la Riva Carrasco.
(03/8.425/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250529-74
Capítulo 9
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 418
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 127
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
74
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pleno del Ayuntamiento
Acuerdo del Pleno, de 27 de mayo de 2025, por el que se aprueba un suplemento de
crédito, por importe de 5.207.709,72 euros, en el presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid.
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión (6/2025), ordinaria celebrada el día 27 de
mayo de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 5.207.709,72 euros en
el presupuesto del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid para 2025,
correspondiente al capítulo 2 “Gastos corrientes en bienes y servicios” en la aplicación presupuestaria 501/102/491.01/222.01, subconcepto económico “Postales” del programa “Servicios
informáticos y comunicaciones».
La citada modificación se financia con el remanente de Tesorería para gastos generales obtenido de la liquidación del presupuesto del Organismo Autónomo Informática del
Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2024”.
RESUMEN POR CAPÍTULOS
CAPÍTULO
GASTOS
Altas
Bajas
INGRESOS
TOTAL
Mayor
Menor
TOTAL
Capítulo 1
Capítulo 2
5.207.709,72
5.207.709,72
Capítulo 3
Capítulo 4
Capítulo 6
Capítulo 7
Capítulo 8
5.207.709,72
5.207.709,72
5.207.709,72
5.207.709,72
TOTAL
5.207.709,72
5.207.709,72
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en
derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 27 de mayo de 2025.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López
de la Riva Carrasco.
(03/8.425/25)
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ISSN 1989-4791
BOCM-20250529-74
Capítulo 9