Alcobendas (BOCM-20250529-86)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025
Pág. 435
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto 7193 del 20 de mayo de 2025, por el que se convocan ayudas de
comedor escolar curso 2024-2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas comedor escolar para el curso 2024-2025, cuyo texto completo puede consultarse en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.mihap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Familia de Alcobendas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar empadronados en Alcobendas el alumno y el solicitante de la ayuda (padre,
madre o tutor), en el momento en que se presenta la solicitud, con una antigüedad ininterrumpida desde al menos el 1 de septiembre de 2024. Debiéndose mantener dicha situación
hasta la finalización del procedimiento de concesión de la ayuda.
2. El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2024-2025 en un centro docente
sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, en el Primer Ciclo o Segundo
Ciclo de Infantil o en Educación Primaria.
3. La renta per cápita familiar no podrá superar los 9.500 euros anuales en el año
2023. Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre
la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por
la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las solicitudes superen al crédito presupuestario.
4. Estar al corriente del pago de los impuestos municipales.
5. No hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de
la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. Se entiende que los alumnos del Primer Ciclo de Infantil que soliciten ayuda de
comedor deben de estar matriculados antes del último día del período para presentar la solicitud. Se obviará la exigencia de antigüedad del empadronamiento del menor nacido en
2024, no así la fecha del empadronamiento del solicitante.
Segundo. Finalidad.—la presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas de comedor escolar para el curso 2024-2025.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza General Reguladora de Subvenciones en
Materia de Educación de Ayuntamiento de Alcobendas publicada en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177 de fecha 26 de julio de 2016.
Cuarta. Cuantía.—La cuantía disponible para las ayudas de comedor escolar para el
curso 2024-2025 es de 715.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días hábiles a contar desde el
siguiente de la publicación de esa convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Alcobendas, a 21 de mayo de 2025.—El concejal-delegado de Educación y Participación Ciudadana, Fernando Martínez Rodríguez.
(03/8.103/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250529-86
BDNS 834114
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE MAYO DE 2025
Pág. 435
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
86
ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del decreto 7193 del 20 de mayo de 2025, por el que se convocan ayudas de
comedor escolar curso 2024-2025.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas comedor escolar para el curso 2024-2025, cuyo texto completo puede consultarse en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.mihap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Beneficiarios.—Familia de Alcobendas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Estar empadronados en Alcobendas el alumno y el solicitante de la ayuda (padre,
madre o tutor), en el momento en que se presenta la solicitud, con una antigüedad ininterrumpida desde al menos el 1 de septiembre de 2024. Debiéndose mantener dicha situación
hasta la finalización del procedimiento de concesión de la ayuda.
2. El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2024-2025 en un centro docente
sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid, en el Primer Ciclo o Segundo
Ciclo de Infantil o en Educación Primaria.
3. La renta per cápita familiar no podrá superar los 9.500 euros anuales en el año
2023. Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre
la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por
la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las solicitudes superen al crédito presupuestario.
4. Estar al corriente del pago de los impuestos municipales.
5. No hallarse incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13.2 de
la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. Se entiende que los alumnos del Primer Ciclo de Infantil que soliciten ayuda de
comedor deben de estar matriculados antes del último día del período para presentar la solicitud. Se obviará la exigencia de antigüedad del empadronamiento del menor nacido en
2024, no así la fecha del empadronamiento del solicitante.
Segundo. Finalidad.—la presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas de comedor escolar para el curso 2024-2025.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza General Reguladora de Subvenciones en
Materia de Educación de Ayuntamiento de Alcobendas publicada en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177 de fecha 26 de julio de 2016.
Cuarta. Cuantía.—La cuantía disponible para las ayudas de comedor escolar para el
curso 2024-2025 es de 715.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días hábiles a contar desde el
siguiente de la publicación de esa convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Alcobendas, a 21 de mayo de 2025.—El concejal-delegado de Educación y Participación Ciudadana, Fernando Martínez Rodríguez.
(03/8.103/25)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250529-86
BDNS 834114