Paracuellos de Jarama (BOCM-20250528-61)
Personal. Relación puestos trabajo
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 126

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE MAYO DE 2025

Pág. 247

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61

PARACUELLOS DE JARAMA
PERSONAL

BOCM-20250528-61

De conformidad con lo establecido en el artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se hace público el acuerdo de modificación de la Relación Puestos
de Trabajo, así como de modificación inicial de la plantilla municipal, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 22 de mayo de 2025, siendo el siguiente:
“1. Aprobar la modificación de la relación de los puestos de trabajo, según lo expuesto en la Propuesta de la concejala de Recursos Humanos de fecha 25 de abril 2025, y
con el Acuerdo pactado en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del
Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama de fechas 29 de abril de 2025, conforme al Anexo
de la presente.
2. Modificar la plantilla orgánica de personal, Área de Seguridad Ciudadana, Unidad
Policía Local, aprobada definitivamente por el Acuerdo del pleno en sesión extraordinaria
de fecha 17 de enero de 2025, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 20, de 24 de enero de 2025, para adecuarla a las modificaciones de la RPT según anexo.
3. Exponer al público el Acuerdo de aprobación inicial, previo anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por 15 días, durante las cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones ante el Pleno. La modificación de la
plantilla se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubiesen
presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para
resolverlas.
4. Frente al acuerdo definitivo se podrá interponer recurso de reposición de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.