Cubas de la Sagra (BOCM-20250527-53)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 125
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
CUBAS DE LA SAGRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250527-53
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 30 de abril de 2025, han sido aprobados
los siguientes Padrones de tributos correspondientes al ejercicio 2025:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Entrada de vehículos a través de las aceras (vados).
— Tasa por prestación del Servicio de Cementerio.
— Tasa de basura.
— Tasa por licencia de auto-taxi.
— Huertos urbanos.
— Carteles publicitarios.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
Así mismo por decreto de Alcaldía número 2025-0645, de 13 de mayo de 2025, ha sido
aprobado el padrón de la tasa por prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos correspondiente al ejercicio 2025.
Los citados padrones se someten a información pública durante quince días, contados
a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, pudiendo los interesados examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante este Ayuntamiento. Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene el carácter de notificación colectiva a que hace referencia el artículo 102.3 de la Ley 58/2003 General Tributaria.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 23 y 24 del Reglamento General de
Recaudación y artículo 12.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, el cobro en período voluntario será el aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 6 de marzo de 2023 y se podrá realizar
en las entidades bancarias colaboradoras, en las fechas anteriormente referenciadas y en los
horarios habituales.
Contra la exposición pública de los padrones y de las liquidaciones en los mismos incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso administrativo,
en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Cubas de la Sagra, a 14 de mayo de 2025.—La concejala-delegada de Hacienda, Soraya López Macías.
(01/7.650/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MARTES 27 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 125
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
CUBAS DE LA SAGRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20250527-53
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 30 de abril de 2025, han sido aprobados
los siguientes Padrones de tributos correspondientes al ejercicio 2025:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
— Entrada de vehículos a través de las aceras (vados).
— Tasa por prestación del Servicio de Cementerio.
— Tasa de basura.
— Tasa por licencia de auto-taxi.
— Huertos urbanos.
— Carteles publicitarios.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
Así mismo por decreto de Alcaldía número 2025-0645, de 13 de mayo de 2025, ha sido
aprobado el padrón de la tasa por prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos correspondiente al ejercicio 2025.
Los citados padrones se someten a información pública durante quince días, contados
a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, pudiendo los interesados examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante este Ayuntamiento. Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene el carácter de notificación colectiva a que hace referencia el artículo 102.3 de la Ley 58/2003 General Tributaria.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 23 y 24 del Reglamento General de
Recaudación y artículo 12.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, el cobro en período voluntario será el aprobado por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 6 de marzo de 2023 y se podrá realizar
en las entidades bancarias colaboradoras, en las fechas anteriormente referenciadas y en los
horarios habituales.
Contra la exposición pública de los padrones y de las liquidaciones en los mismos incorporadas, se podrá interponer recurso de reposición previo al contencioso administrativo,
en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer el interesado cualquier otro recurso
que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Cubas de la Sagra, a 14 de mayo de 2025.—La concejala-delegada de Hacienda, Soraya López Macías.
(01/7.650/25)
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ISSN 1989-4791