B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250527-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1067/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala de Ingeniería Técnica, Especialidad de Carreteras, Infraestructuras, Obras Públicas, Transporte, Urbanismo y Ordenación del Territorio, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 125

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE MAYO DE 2025

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Novena
Calificación del proceso selectivo
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el órgano de selección se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y
a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:
2.1. Primer ejercicio: Se calificará de cero (0) a diez (10) puntos, siendo necesario
para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.
2.2. Segundo ejercicio: Cada uno de los temas se calificará de cero (0) a diez (10)
puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de cinco (5) puntos en
cada tema. La calificación final de este ejercicio vendrá determinada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida
entre cero (0) y diez (10) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos.
2.3. Tercer ejercicio: Se calificará de cero (0) a diez (10) puntos cada supuesto práctico, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo total de diez (10) puntos entre los dos
y no haber obtenido menos de cinco (5) en cada supuesto. Una vez calificados los dos (2) supuestos prácticos, se efectuará la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas en cada
uno de los mismos, para así obtener la calificación total de este ejercicio que deberá estar
comprendida entre cero (0) y diez (10) puntos, siendo necesario para superarlo obtener un
mínimo de cinco (5) puntos.
3. A efectos de la calificación final del proceso, el órgano de selección se ajustará a
lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquella por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman
la oposición, ordenándose a los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.
4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por
las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio, por este orden.
— De continuar el empate, el mismo se deshará aplicando el criterio de orden alfabético del primer apellido, iniciándose dicho orden por la letra “U”, de conformidad
con la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de
determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que
se celebren durante el año 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 71, de 25 de marzo).
El órgano de selección no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.
Décima
1. El órgano de selección hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el
proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación
total alcanzada.
— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa
aplicable.
— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición.
— Calificación final.
2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las
bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal
funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20250527-2

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación de cumplimiento de requisitos