B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250527-3)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el acceso libre de personas con discapacidad intelectual a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Servicios (Grupo V, Nivel 1, Área B), de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en las citadas pruebas, y se anuncia la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 125

mas reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Orden de convocatoria. La
acreditación y verificación de estos tendrá lugar para aquellas personas que superen las reseñadas pruebas selectivas, tal y como se establece la base octava de la Orden 2930/2023,
de 22 de noviembre.
Cuarto
Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del primer y único ejercicio de la fase de oposición, que se celebrará, según lo acordado por el Tribunal Calificador
de las mencionadas pruebas, el día 21 de junio de 2025, a las 9:00 horas, en Escuela Técnica
Superior de Ingeniería y Diseño Industrial, sita en la calle Ronda de Valencia, 3, 28012 Madrid.
Dicho ejercicio se desarrollará conforme a lo determinado en el apartado tercero de la
base sexta de la ya reiterada Orden 2930/2023 de 22 de noviembre.
La distribución de las personas aspirantes en las instalaciones del mencionado centro
docente, a efectos de la celebración de dicho ejercicio, se hará pública, con la suficiente antelación, a través de los medios anteriormente indicados en el apartado primero de la presente Resolución.
El llamamiento será único para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas de las pruebas selectivas quienes no comparezcan a aquél, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor
acaecidos el día de su celebración, debiendo el señalado Tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.
Quinto
No se permitirá el acceso al examen a las personas aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidas a las aludidas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación
mediante la presente Resolución.
Asimismo, las personas admitidas habrán de presentar, inexcusablemente, el original
de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos
válidos para acreditar su identidad. No se permitirá el acceso al examen a las que no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran
provistas de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto,
la corrección del ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Órgano de Selección.
Durante el desarrollo del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo
electrónico, como ordenador portátil, tablet, reloj inteligente o teléfono móvil.
Igualmente, para la realización del ejercicio, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro.
Sexto
Se hará pública, a través de los medios expuestos en el apartado primero de esta Resolución, la relación de aspirantes que han solicitado adaptación para la realización del ejercicio, con indicación de la concesión o denegación de la misma, sin perjuicio de que, en este
último caso, se proceda a la notificación individualizada de las causas de denegación.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el
artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Madrid, a 9 de mayo de 2025.—La Directora General de Función Pública, P. D. F.
(Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de
Efectivos y Selección, Elisa Isabel Moreno Bernís.

BOCM-20250527-3

Séptimo