Valdaracete (BOCM-20250526-87)
Régimen económico. Ordenanza tasa recogida basuras
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BOCM
Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 124
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87
VALDARACETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
Se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004
de 5 de marzo, el acuerdo definitivo referente a la “Ordenanza reguladora de la tasa por
prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos”,
acuerdo que fue aprobado provisionalmente por el Pleno de este Ayuntamiento de Valdaracete, en su Sesión celebrada el día 13 de diciembre de 2024.
El referido acuerdo ha resultado elevado automáticamente a definitivo al no haberse
presentado reclamaciones durante el período de exposición al público, ello en consonancia
con lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 49
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, habiéndose publicado el correspondiente anuncio de exposición el día 30 de diciembre de 2024, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 310 del año 2024, y habiéndose expuesto el referido acuerdo de aprobación provisional en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Valdaracete, tal y como
previene el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, y el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se hace público el acuerdo elevado
a definitivo, cuya transcripción literal se describe a continuación:
«Tercero.—Aprobación provisional de la ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos.
Dada cuenta de la propuesta realizada por el señor alcalde-presidente, así como el expediente tramitado al efecto referente a la “Ordenanza reguladora de la tasa por prestación
del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos”.
Se acuerda por mayoría absoluta de tres votos a favor y cuatro abstenciones, siendo
siete el número de miembros que forman el Pleno de este Ayuntamiento de Valdaracete:
Aprobar la “Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y
tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos”, cuyo texto es el siguiente:
Artículo 1. Fundamento, régimen y legislación aplicable.—1. Este Ayuntamiento
de acuerdo con las obligaciones establecidas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular que impiden a los ayuntamientos seguir asumiendo el coste del servicio de recogida y tratamiento de basuras, considera oportuno establecer la tasa por recogida de residuos, que se regirá por la presente ordenanza fiscal, cuyas
normas atienden a lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
2. Legislación aplicable:
— Artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española de 1978.
— Artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local.
— Artículos 15 a 19, 20.4.s y 57 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
— Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular.
— Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
BOCM-20250526-87
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE BASURAS
Y RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 124
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87
VALDARACETE
RÉGIMEN ECONÓMICO
Se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004
de 5 de marzo, el acuerdo definitivo referente a la “Ordenanza reguladora de la tasa por
prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos”,
acuerdo que fue aprobado provisionalmente por el Pleno de este Ayuntamiento de Valdaracete, en su Sesión celebrada el día 13 de diciembre de 2024.
El referido acuerdo ha resultado elevado automáticamente a definitivo al no haberse
presentado reclamaciones durante el período de exposición al público, ello en consonancia
con lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 49
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, habiéndose publicado el correspondiente anuncio de exposición el día 30 de diciembre de 2024, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 310 del año 2024, y habiéndose expuesto el referido acuerdo de aprobación provisional en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Valdaracete, tal y como
previene el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, y el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se hace público el acuerdo elevado
a definitivo, cuya transcripción literal se describe a continuación:
«Tercero.—Aprobación provisional de la ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos.
Dada cuenta de la propuesta realizada por el señor alcalde-presidente, así como el expediente tramitado al efecto referente a la “Ordenanza reguladora de la tasa por prestación
del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos”.
Se acuerda por mayoría absoluta de tres votos a favor y cuatro abstenciones, siendo
siete el número de miembros que forman el Pleno de este Ayuntamiento de Valdaracete:
Aprobar la “Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y
tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos”, cuyo texto es el siguiente:
Artículo 1. Fundamento, régimen y legislación aplicable.—1. Este Ayuntamiento
de acuerdo con las obligaciones establecidas en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular que impiden a los ayuntamientos seguir asumiendo el coste del servicio de recogida y tratamiento de basuras, considera oportuno establecer la tasa por recogida de residuos, que se regirá por la presente ordenanza fiscal, cuyas
normas atienden a lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
2. Legislación aplicable:
— Artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española de 1978.
— Artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local.
— Artículos 15 a 19, 20.4.s y 57 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
— Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular.
— Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
BOCM-20250526-87
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE BASURAS
Y RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS