B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20250526-24)
Puesto libre designación – Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Directora-Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de Libre Designación, de un puesto de carrera vacante dependiente de este organismo autónomo
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 148
LUNES 26 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 124
Base Tercera
Solicitudes y documentación
1. La solicitud para tomar parte en el procedimiento de selección se ajustará al modelo que figura en el Anexo II de esta convocatoria y se presentará electrónicamente en el
plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con la documentación que proceda, en el Registro Auxiliar Electrónico de la Finca Experimental “El
Encín” a través del enlace http://www.comunidad.madrid/centros/oficina-auxiliarmateriaregistro-instituto-madrileño-investigacion-desarollo-rural-agrario-alimentario-imidra, o en
los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer
de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
3. Junto a la solicitud los aspirantes deberán aportar la documentación que acredite
el perfil profesional y en todo caso:
— Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos: Anexo III, conforme a la convocatoria que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste servicios.
— Certificado servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, así
como, de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General
de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el
que haya prestados servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad
de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.
— Certificado original de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la
que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General
Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios.
4. Conforme a lo previsto en los artículos 66 y 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de
su petición, previa Resolución.
5. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la “Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales” y artículo 5 del “Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE”
(Reglamento general de protección de datos), los datos contenidos en la solicitud serán objeto de
tratamiento automatizado por el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria
para la admisión a este proceso.
Sistema de provisión
El sistema de provisión del puesto será el de Libre Designación, y el puesto convocado será adjudicado por el órgano competente al candidato que reúna los requisitos y méritos establecidos en las presentes Bases de Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 79 del Convenio colectivo.
BOCM-20250526-24
Base cuarta
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 148
LUNES 26 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 124
Base Tercera
Solicitudes y documentación
1. La solicitud para tomar parte en el procedimiento de selección se ajustará al modelo que figura en el Anexo II de esta convocatoria y se presentará electrónicamente en el
plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con la documentación que proceda, en el Registro Auxiliar Electrónico de la Finca Experimental “El
Encín” a través del enlace http://www.comunidad.madrid/centros/oficina-auxiliarmateriaregistro-instituto-madrileño-investigacion-desarollo-rural-agrario-alimentario-imidra, o en
los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer
de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
3. Junto a la solicitud los aspirantes deberán aportar la documentación que acredite
el perfil profesional y en todo caso:
— Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos: Anexo III, conforme a la convocatoria que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica,
Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste servicios.
— Certificado servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, así
como, de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General
de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el
que haya prestados servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad
de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.
— Certificado original de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la
que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General
Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios.
4. Conforme a lo previsto en los artículos 66 y 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de
su petición, previa Resolución.
5. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la “Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales” y artículo 5 del “Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE”
(Reglamento general de protección de datos), los datos contenidos en la solicitud serán objeto de
tratamiento automatizado por el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria
para la admisión a este proceso.
Sistema de provisión
El sistema de provisión del puesto será el de Libre Designación, y el puesto convocado será adjudicado por el órgano competente al candidato que reúna los requisitos y méritos establecidos en las presentes Bases de Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 79 del Convenio colectivo.
BOCM-20250526-24
Base cuarta