C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250526-35)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1060/2025, de 9 de mayo, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1999/2023, de 13 de noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español para el período 2024-2026
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BOCM
Pág. 190

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 124

En consecuencia, y de acuerdo con el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 264/2023, de
5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español,
DISPONGO
Primero
Modificación de la Orden 1999/2023, de 13 de noviembre, del Consejero de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la
Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español para el período 2024-2026
Se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español para el período 2024-2026, en su apartado “8. Subvenciones en materia de patrimonio histórico-artístico (programa 337C)”, incluyendo un nuevo subapartado, con la siguiente redacción:
«3. Subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico
o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública, de
acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
3.1. Subvención al Ateneo Científico, Literario y Artístico de Madrid para la protección, conservación y restauración del inmueble sede de dicha entidad, durante los
años 2025 y 2026, con un importe previsto de 260.000 euros, distribuido conforme a las siguientes anualidades:
AÑO 2025

AÑO 2026

100.000 euros

160.000 euros

La financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 337C, “Patrimonio
Histórico-Artístico”, partida 79901, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid. No existe cofinanciación por parte del Estado ni de la Unión Europea.
La concesión de la subvención queda supeditada a la existencia de crédito adecuado y
suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes en cada uno
de los años del período al que la misma sea aplicable».
Segundo
Publicidad
La presente Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (Base de Datos Nacional de Subvenciones).
Madrid, a 9 de mayo de 2025.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO

BOCM-20250526-35

(03/7.522/25)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791