C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20250524-8)
Convenio ejecución infraestructuras –  Convenio de 9 de mayo de 2025, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan Sanea en el municipio de Chapinería con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Chapinería, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A., M. P.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 123

Asimismo, en fecha de 6 de junio de 2012, el Ayuntamiento, la Comunidad de Madrid
y el Ente Canal celebraron el Convenio relativo a la incorporación del Ayuntamiento de
Chapinería al Modelo de Gestión de Canal de Isabel II, que fue publicado en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 205 de 28 de agosto de 2012.
Segundo
En fecha de 1 de junio de 2018, la Sociedad Canal y el Ayuntamiento celebraron el
Acuerdo para la ejecución de obras de infraestructuras hidráulicas en el Municipio de Chapinería, con cargo a cuota suplementaria, mediante el que se establecieron los mecanismos
de financiación de diversas obras de entre las previstas en el Plan Director.
Para la financiación de las obras previstas en el Acuerdo de 1 de junio de 2018, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid adoptó el Acuerdo de 12 de febrero de 2019,
por el que se aprueba una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio
de Chapinería, con destino a la financiación de obras de infraestructuras hidráulicas.
Las obras contempladas en dicho Acuerdo fueron completamente ejecutadas, sin embargo, las cantidades invertidas por la Sociedad Canal no fueron recuperadas en su totalidad, conforme se indica en el Expositivo Tercero.
Tercero
En fecha 22 de marzo de 2021 el Ayuntamiento, el Ente Canal y la Sociedad Canal celebraron el Convenio de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan Sanea en el
municipio de Chapinería con cargo a cuota suplementaria, que fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril de 2021.
Para la financiación de las obras previstas en el citado Convenio, mediante Acuerdo de 2
de marzo de 2022, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó una cuota suplementaria en la tarifa de alcantarillado del municipio de Chapinería de 0,23 euros por metro
cúbico consumido, con destino a la financiación de obras de infraestructuras hidráulicas, que
continúa aplicándose en la actualidad. Así mismo, la citada cuota suplementaria también sirve
para financiar el importe de 59.127,97 euros pendiente de recuperar de las obras previstas en
el Acuerdo de 1 de junio de 2018, tal y como se indica en la Estipulación Cuarta del Convenio
de 22 de marzo de 2021 y en el Expositivo Segundo del presente convenio.

De las actuaciones objeto del Convenio de 22 de marzo de 2021, la Sociedad Canal ha
ejecutado obras por importe de 74.518,48 euros, sin perjuicio de que, como consecuencia
de las liquidaciones que se puedan realizar posteriormente, esa cantidad pueda variar.
Según información contable, a fecha 30 de noviembre de 2024 la cantidad recaudada
por la Sociedad Canal en aplicación de la cuota suplementaria aprobada por Acuerdo de 2 de
marzo de 2022, asciende a la cantidad de 105.491,57 euros. Dicha cantidad, una vez aplicada a las obras ya ejecutadas por la Sociedad Canal referidas en el párrafo anterior, resulta un
excedente de recaudación de 30.973,09 euros. No obstante, debido a que a dicho excedente
se le tiene que imputar la cantidad pendiente de recuperar derivada del Acuerdo de 1 de junio de 2018 prevista en la Estipulación Cuarta del Convenio de 22 de marzo de 2021, a la fecha contable indicada resulta un importe pendiente de recaudar de 28.154,88 euros a favor
de la Sociedad Canal; todo ello sin perjuicio de que, como consecuencia de las liquidaciones
realizadas posteriormente, esa cantidad pueda ser diferente en la fecha de entrada en vigor
del presente Convenio.
La cuota suplementaria prevista en el Acuerdo de 2 de marzo de 2022 continuará aplicándose hasta que la Sociedad Canal, de conformidad con lo expuesto en el párrafo anterior, recupere la totalidad de la inversión realizada.
Los convenios de 22 de marzo de 2021 y de 1 de junio de 2018 referidos en el presente Expositivo, son independientes del presente Convenio de ejecución de infraestructuras
de alcantarillado Plan Sanea en el municipio de Chapinería y no afectan a la cuota suplementaria prevista en el mismo.
Quinto
De acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 12 de la Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid
(en adelante, Ley 17/1984) y los artículos 1.2.13 y 6 del Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen económico y financiero del abasteci-

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Cuarto