D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250524-10)
Convenio – Adenda de 7 de mayo de 2025, de prórroga del convenio de 9 de mayo de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de las Consejerías de Presidencia, Justicia y Administración Local y de Cultura, Turismo y Deporte, y la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya, para la colaboración en actividades de dinamización de las zonas rurales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 123
SÁBADO 24 DE MAYO DE 2025
Pág. 187
Que se mantienen vigentes, por tanto, el objeto, compromisos y obligaciones que las
partes asumieron en el convenio suscrito el 9 de mayo de 2024.
III. Que la suscripción de la presente adenda no implica la asunción de compromisos económicos por las partes.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a la siguiente:
CLÁUSULA
Única
Prórroga del convenio
BOCM-20250524-10
Conforme a lo establecido en la cláusula séptima, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por plazo de un año, que tendrá efectos a partir del día 9 de mayo de 2025
y hasta el 8 de mayo de 2026.
Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda electrónicamente.
En Madrid, a 7 de mayo de 2025.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
Mariano de Paco Serrano.—La Presidenta de la Mancomunidad, Eva María Gallego Berzal.
(03/7.424/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 123
SÁBADO 24 DE MAYO DE 2025
Pág. 187
Que se mantienen vigentes, por tanto, el objeto, compromisos y obligaciones que las
partes asumieron en el convenio suscrito el 9 de mayo de 2024.
III. Que la suscripción de la presente adenda no implica la asunción de compromisos económicos por las partes.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a la siguiente:
CLÁUSULA
Única
Prórroga del convenio
BOCM-20250524-10
Conforme a lo establecido en la cláusula séptima, las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por plazo de un año, que tendrá efectos a partir del día 9 de mayo de 2025
y hasta el 8 de mayo de 2026.
Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda electrónicamente.
En Madrid, a 7 de mayo de 2025.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
Mariano de Paco Serrano.—La Presidenta de la Mancomunidad, Eva María Gallego Berzal.
(03/7.424/25)
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ISSN 1989-4791