C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20250522-33)
Tablas valoración series documentales –  Orden 1044/2025, de 7 de mayo, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las Tablas de Valoración de determinadas series documentales de titularidad pública de la Administración de la Comunidad de Madrid, de Corporaciones de Derecho Público y de las Entidades Locales Madrileñas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 121

JUEVES 22 DE MAYO DE 2025

Pág. 163

 Medidas propuestas para favorecer el acceso a expedientes de acceso restringido (posibilidad y
modalidad de disociación de datos o acceso parcial): Sí.
DENOMINACIÓN

Anonimización

Seudonimización

MEDIDAS
Tratamiento de datos personales consistente en un proceso de
desvinculación de aquellos datos personales que permiten identificar,
directa o indirectamente, a una persona, haciendo imposible que a
través de esos datos anonimizados se pueda identificar o reidentificar a
la misma.
Tratamiento de datos personales de manera tal que ya no puedan
atribuirse a un interesado sin utilizar información adicional, siempre que
dicha información adicional figure por separado y esté sujeta a medidas
técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos
personales no se atribuyan a una persona física identificada o
identificable.

Exclusión de documentos
 Medidas específicas de seguridad requeridas por la serie documental: No proceden.
II. SELECCIÓN
 Selección de la serie: Eliminación total (ET).
 Metodología de la selección:
1. Eliminación total a los 5 años, conservando una muestra de un 1% hasta un máximo de 30
expedientes por año.
2. Esta selección se aplicará tanto a documentos en soporte papel como electrónico.
3. Los expedientes implicados en procedimientos judiciales se mantendrán hasta su resolución
definitiva
 Tipo de muestra: Muestreo Cronológico (M – C) y Muestreo Probabilístico / Aleatorio de ejemplar (Mu
– P/A y Mu – E).
 Plazos de eliminación:
i.
EN ARCHIVO DE GESTIÓN: A los 5 años.
ii.
EN ARCHIVO CENTRAL: No procede.
iii.
EN ARCHIVO INTERMEDIO: No procede.
 Soporte de sustitución: No.
 Conservación de la documentación original en caso de sustitución de soporte: No procede.
 Plazos de permanencia:
PLAZO (años)

EN ARCHIVO DE GESTIÓN

5

JUSTIFICACIÓN
 Artículo 9.2 de la Ley 6/2023, de 30 de
marzo, de Archivos y Documentos de la
Comunidad de Madrid.
 Artículo 51.2 a), de la Ley 6/2023, de 30 de
marzo, de Archivos y Documentos de la
Comunidad de Madrid.

 Observaciones: No proceden.
III. RECOMENDACIONES AL GESTOR

BOCM-20250522-33

EN ARCHIVO CENTRAL
EN ARCHIVO INTERMEDIO