C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250522-28)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1815/2025, de 14 de mayo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Educación Primaria para la mejora de la calidad educativa de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2024-2025
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 121
b) Segundo ejercicio: versará sobre los contenidos del área Matemáticas impartidos
en el tercer ciclo de la etapa de Educación Primaria.
c) Tercer ejercicio: consistirá en la elaboración de un texto escrito a mano de un número máximo de 150 palabras.
2. Todos los ejercicios serán corregidos siguiendo las directrices dispuestas en esta
convocatoria. La rúbrica de corrección aplicable al tercer ejercicio tendrá en cuenta los
errores gramaticales y las faltas de ortografía.
3. Cada uno de los ejercicios tendrá una calificación única que se expresará de 1 a
10, con un máximo de dos decimales. La calificación final de la prueba será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los tres ejercicios de los que consta la misma, que
se expresará con dos decimales y se redondeará a la centésima más próxima y, en caso de
equidistancia, a la superior.
4. Para poder optar al premio extraordinario de Educación Primaria, los alumnos deberán haber obtenido en cada ejercicio, al menos, 5 puntos.
5. Los ejercicios se desarrollarán mediante un procedimiento que mantenga el anonimato de los aspirantes durante su corrección. Los presidentes de los tribunales a los que
se refiere el artículo 11 de la orden 1270/2025, de 14 de abril, que establece las bases reguladoras, serán responsables de velar por que se respete el procedimiento.
Sexto
Propuesta de adjudicación de premios
1. Una vez recibidas las actas de calificación definitiva, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza elaborará la propuesta provisional de adjudicación de
premios extraordinarios de Educación Primaria correspondiente al curso 2024-2025, sin tener en cuenta otras consideraciones que las calificaciones obtenidas por los candidatos y recogidas en las actas de calificación definitiva remitidas por los tribunales.
2. La propuesta de adjudicación de premios provisional se realizará ordenando los
candidatos por la calificación final obtenida, de mayor a menor. El número de premios que
se proponga no podrá superar el número de premios convocados.
3. Los empates que se produzcan se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta el momento en que se produzca el desempate, los criterios que se exponen a continuación:
a) Mejor puntuación obtenida en cada ejercicio en el orden establecido en el artículo 9.1
de las bases reguladoras.
b) Mayor número de calificaciones de sobresaliente (SB) obtenidas en cuarto curso.
c) Mayor número de calificaciones de sobresaliente (SB) obtenidas en tercer curso.
d) Mayor número de calificaciones de sobresaliente (SB) obtenidas en segundo curso.
e) En caso de seguir produciéndose un empate tras la aplicación de los apartados de
desempate mencionados anteriormente, el orden de desempate se establecerá
atendiendo al menor número de errores gramaticales y faltas de ortografía cometidos en la prueba.
4. En caso de que el número de premios extraordinarios de Educación Primaria convocados fuera superior al número total de candidatos que reúnen los requisitos para su adjudicación, en la propuesta se hará constar el número de premios que se declaran desiertos.
Séptimo
Plazo de presentación de las solicitudes
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
(03/7.950/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250522-28
El período para realizar la inscripción comprenderá diez días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 14 de mayo de 2025.
Pág. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 121
b) Segundo ejercicio: versará sobre los contenidos del área Matemáticas impartidos
en el tercer ciclo de la etapa de Educación Primaria.
c) Tercer ejercicio: consistirá en la elaboración de un texto escrito a mano de un número máximo de 150 palabras.
2. Todos los ejercicios serán corregidos siguiendo las directrices dispuestas en esta
convocatoria. La rúbrica de corrección aplicable al tercer ejercicio tendrá en cuenta los
errores gramaticales y las faltas de ortografía.
3. Cada uno de los ejercicios tendrá una calificación única que se expresará de 1 a
10, con un máximo de dos decimales. La calificación final de la prueba será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los tres ejercicios de los que consta la misma, que
se expresará con dos decimales y se redondeará a la centésima más próxima y, en caso de
equidistancia, a la superior.
4. Para poder optar al premio extraordinario de Educación Primaria, los alumnos deberán haber obtenido en cada ejercicio, al menos, 5 puntos.
5. Los ejercicios se desarrollarán mediante un procedimiento que mantenga el anonimato de los aspirantes durante su corrección. Los presidentes de los tribunales a los que
se refiere el artículo 11 de la orden 1270/2025, de 14 de abril, que establece las bases reguladoras, serán responsables de velar por que se respete el procedimiento.
Sexto
Propuesta de adjudicación de premios
1. Una vez recibidas las actas de calificación definitiva, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza elaborará la propuesta provisional de adjudicación de
premios extraordinarios de Educación Primaria correspondiente al curso 2024-2025, sin tener en cuenta otras consideraciones que las calificaciones obtenidas por los candidatos y recogidas en las actas de calificación definitiva remitidas por los tribunales.
2. La propuesta de adjudicación de premios provisional se realizará ordenando los
candidatos por la calificación final obtenida, de mayor a menor. El número de premios que
se proponga no podrá superar el número de premios convocados.
3. Los empates que se produzcan se dirimirán aplicando, en el orden establecido y hasta el momento en que se produzca el desempate, los criterios que se exponen a continuación:
a) Mejor puntuación obtenida en cada ejercicio en el orden establecido en el artículo 9.1
de las bases reguladoras.
b) Mayor número de calificaciones de sobresaliente (SB) obtenidas en cuarto curso.
c) Mayor número de calificaciones de sobresaliente (SB) obtenidas en tercer curso.
d) Mayor número de calificaciones de sobresaliente (SB) obtenidas en segundo curso.
e) En caso de seguir produciéndose un empate tras la aplicación de los apartados de
desempate mencionados anteriormente, el orden de desempate se establecerá
atendiendo al menor número de errores gramaticales y faltas de ortografía cometidos en la prueba.
4. En caso de que el número de premios extraordinarios de Educación Primaria convocados fuera superior al número total de candidatos que reúnen los requisitos para su adjudicación, en la propuesta se hará constar el número de premios que se declaran desiertos.
Séptimo
Plazo de presentación de las solicitudes
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
(03/7.950/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250522-28
El período para realizar la inscripción comprenderá diez días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 14 de mayo de 2025.