D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250520-40)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa previa para la instalación de la planta fotovoltaica PFV Marinas e infraestructura de evacuación, ubicadas en la parcela 37 del polígono 10 en el término municipal de Navalcarnero, solicitada por Bergantines Solar 3, S. L.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 119
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE MAYO DE 2025
Pág. 153
actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes
de transporte y distribución de energía eléctrica; Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el
que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica; y Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar
las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
Se alega durante el período de información pública por Ecologistas en Acción de
Villaviciosa de Odón, “que se abra un nuevo período de información pública dado que se
ha contravenido flagrantemente lo marcado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno”. Justifica la misma en que en el
“anuncio publicado anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID se indica que El anteproyecto y su anexo podrán ser consultados en la página web
de la Comunidad de Madrid dentro de la ficha “Información pública de instalaciones energéticas de la Comunidad de Madrid”: https://www.comunidad.madrid/inversion/energia/informacion-publicainstalaciones-energeticas-comunidad-madrid . Indicando, que al
intentar acceder a dicha dirección le remite a una pantalla que le indica “Página no encontrada”.
Revisada la Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transición
Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la solicitud de
autorización administrativa para la instalación de la planta fotovoltaica Las Marinas y su
infraestructura de evacuación situada en la parcela 37 del polígono 10 en el término municipal de Navalcarnero, solicitada por Bergantines Solar 3, S. L., publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 62 de 14 de marzo de 2025, se comprueba que la dirección publicada funciona correctamente y permite acceder al anteproyecto y
su anexo. Se hace notar que el enlace indicado por los alegantes en su escrito no coincide
con la dirección incluida en la resolución.
Por otro lado, para completar y facilitar el acceso a la información que establece la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se encuentra publicado en el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid, a
través de la siguiente dirección https://www.comunidad.madrid/transparencia/2022p623proyecto-instalacion-planta-fotovoltaica-marinas-y-su-infraestructura-evacuacion , la exposición pública de dicha solicitud de autorización, en la que figura vínculo a la ficha “Información pública de instalaciones energéticas de la Comunidad de Madrid”.
En relación con lo alegado sobre la imposibilidad de toma de vista del anteproyecto
ante la División de Instalaciones Eléctricas y Transición Energética de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, con fecha 1 de abril de 2025, se recibe
en la dirección de correo electrónico instaciones_electricas@madrid.org correo en representación de Ecologistas en acción de Villaviciosa de Odón, en la que solicitan cita para la
toma de vista del expediente de referencia 2022P623.
El 2 de abril de 2025, se contesta al correo electrónico anterior, informándole que “la
solicitud de cita previa en el área de Instalaciones eléctricas puede hacerla a través del siguiente enlace: https://gestiona7.madrid.org/CTAC_CITA/MAMB”, sin que conste ninguna nueva solicitud posterior en el correo mencionado.
En vista de lo anterior, se considera cumplido el período de información pública y lo
estipulado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno, así como en el artículo 10 del Decreto 70/2010.
Se alega también en el escrito de Ecologistas en Acción de Villaviciosa de Odón, las
siguientes cuestiones medio ambientales:
— Que el proyectado parque fotovoltaico se sitúa dentro de un corredor primario de
fauna hasta prácticamente interrumpirlo por lo que entendemos que su ubicación
no es la adecuada y se debería buscar otro emplazamiento a no ser que se tomen
todas las medidas adecuadas para garantizar el paso de fauna a través del parque.
— Que no puede llevarse adelante el proyecto si no se garantiza y se toman las medidas para la eliminación de los impactos sobre la fauna existente, particularmente
las especies más amenazadas.
— Que el impacto visual y reflejos de la instalación podría afectar a la actividad humana y fauna y solicitan que se implementen medidas de mitigación de este efecto como la creación de barreras vegetales perimetrales.
BOCM-20250520-40
Segundo
B.O.C.M. Núm. 119
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE MAYO DE 2025
Pág. 153
actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes
de transporte y distribución de energía eléctrica; Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el
que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica; y Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar
las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía.
Se alega durante el período de información pública por Ecologistas en Acción de
Villaviciosa de Odón, “que se abra un nuevo período de información pública dado que se
ha contravenido flagrantemente lo marcado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno”. Justifica la misma en que en el
“anuncio publicado anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID se indica que El anteproyecto y su anexo podrán ser consultados en la página web
de la Comunidad de Madrid dentro de la ficha “Información pública de instalaciones energéticas de la Comunidad de Madrid”: https://www.comunidad.madrid/inversion/energia/informacion-publicainstalaciones-energeticas-comunidad-madrid . Indicando, que al
intentar acceder a dicha dirección le remite a una pantalla que le indica “Página no encontrada”.
Revisada la Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Dirección General de Transición
Energética y Economía Circular, por la que se somete a información pública la solicitud de
autorización administrativa para la instalación de la planta fotovoltaica Las Marinas y su
infraestructura de evacuación situada en la parcela 37 del polígono 10 en el término municipal de Navalcarnero, solicitada por Bergantines Solar 3, S. L., publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 62 de 14 de marzo de 2025, se comprueba que la dirección publicada funciona correctamente y permite acceder al anteproyecto y
su anexo. Se hace notar que el enlace indicado por los alegantes en su escrito no coincide
con la dirección incluida en la resolución.
Por otro lado, para completar y facilitar el acceso a la información que establece la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, se encuentra publicado en el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid, a
través de la siguiente dirección https://www.comunidad.madrid/transparencia/2022p623proyecto-instalacion-planta-fotovoltaica-marinas-y-su-infraestructura-evacuacion , la exposición pública de dicha solicitud de autorización, en la que figura vínculo a la ficha “Información pública de instalaciones energéticas de la Comunidad de Madrid”.
En relación con lo alegado sobre la imposibilidad de toma de vista del anteproyecto
ante la División de Instalaciones Eléctricas y Transición Energética de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, con fecha 1 de abril de 2025, se recibe
en la dirección de correo electrónico instaciones_electricas@madrid.org correo en representación de Ecologistas en acción de Villaviciosa de Odón, en la que solicitan cita para la
toma de vista del expediente de referencia 2022P623.
El 2 de abril de 2025, se contesta al correo electrónico anterior, informándole que “la
solicitud de cita previa en el área de Instalaciones eléctricas puede hacerla a través del siguiente enlace: https://gestiona7.madrid.org/CTAC_CITA/MAMB”, sin que conste ninguna nueva solicitud posterior en el correo mencionado.
En vista de lo anterior, se considera cumplido el período de información pública y lo
estipulado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno, así como en el artículo 10 del Decreto 70/2010.
Se alega también en el escrito de Ecologistas en Acción de Villaviciosa de Odón, las
siguientes cuestiones medio ambientales:
— Que el proyectado parque fotovoltaico se sitúa dentro de un corredor primario de
fauna hasta prácticamente interrumpirlo por lo que entendemos que su ubicación
no es la adecuada y se debería buscar otro emplazamiento a no ser que se tomen
todas las medidas adecuadas para garantizar el paso de fauna a través del parque.
— Que no puede llevarse adelante el proyecto si no se garantiza y se toman las medidas para la eliminación de los impactos sobre la fauna existente, particularmente
las especies más amenazadas.
— Que el impacto visual y reflejos de la instalación podría afectar a la actividad humana y fauna y solicitan que se implementen medidas de mitigación de este efecto como la creación de barreras vegetales perimetrales.
BOCM-20250520-40
Segundo