Pozuelo de Alarcón (BOCM-20250519-92)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 118

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE MAYO DE 2025

Pág. 259

BOCM-20250519-92

El crédito disponible queda fraccionado para cada uno de los períodos previstos en la
convocatoria de la siguiente forma:
a) 1.er período (nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1
de septiembre y el 31 de diciembre de 2024 y supuestos de la base 8.3): con un importe máximo a otorgar de 300.000 euros.
b) 2.o período (nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1
de enero y 30 de abril de 2025): con un importe máximo a otorgar de 90.000 euros.
c) 3.er período (nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de
mayo y el 31 de agosto de 2025): con un importe máximo a otorgar de 86.000 euros.
Si a la finalización de cada período no se hubiera agotado el importe máximo a otorgar, se trasladará la cantidad no aplicada al siguiente período previsto en la convocatoria,
que se ejecutará en los mismos términos y de conformidad con lo establecido en el artículo 59
del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Si el crédito presupuestario disponible no alcanzara a cubrir la totalidad de las ayudas
solicitadas que cumplan los requisitos, las solicitudes se ordenarán de la siguiente forma
hasta el agotamiento del crédito:
a) En primer lugar, las correspondientes al período de solicitud en curso, por orden
de presentación (día y hora) en el Registro General.
b) Posteriormente, se procederá a ordenar las correspondientes a los supuestos de los
apartados 8.2 y 8.3 por orden de presentación (día y hora) en el Registro General.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Una vez publicada la convocatoria
en la Base Nacional de Subvenciones, y un extracto de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, el plazo de presentación de solicitudes para cada uno de los
tres períodos comprendidos en la convocatoria, será el siguiente:
— 1.er período: para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido
entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024, el plazo de presentación de
solicitudes será del 26 de mayo al 6 junio de 2025.
— 2.o período: para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido entre el 1 de enero y 30 de abril de 2025, el plazo de presentación de solicitudes será
del 16 al 27 de junio de 2025.
— 3.er período: para los nacidos, adoptados o acogidos en el período comprendido
entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2025, el plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 15 de septiembre de 2025.
Sexto. Otros datos.—La percepción de estas ayudas será compatible con otras para
la misma finalidad concedidas por el Estado, la Comunidad de Madrid o por otras Administraciones Públicas.
En Pozuelo de Alarcón, a 8 de mayo de 2025.—La concejal-delegada de Familia y
Atención a la Discapacidad, Eva Cabello Rioja.
(03/7.316/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791