C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20250514-18)
Extracto convocatoria subvenciones – Resolución de 6 de mayo de 2025, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan Ayudas para la compensación de precios públicos de matrícula de estudios universitarios oficiales y Ayudas complementarias para estudiantes en situaciones socioeconómicas desfavorables en el curso 2024-2025
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 114
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
Pág. 87
El gasto se imputará a la partida 30.VC.ES.ES 422A 483.09 “Ayudas situación económica desfavorable” de la Universidad Rey Juan Carlos.
El importe total del presupuesto se destinará a cubrir los precios públicos de matrícula de acuerdo a lo establecido en la base segunda punto 1. Si quedara remanente este se
distribuirá como ayuda adicional, complementaria a la anterior, entre los beneficiarios de
la misma, empezando por aquellos que obtuvieran puntuación más alta según el baremo establecido, y hasta agotar el presupuesto disponible.
En caso de existir remanente tras la resolución de la convocatoria de Ayudas para la
Atención Psicológica, este podrá sumarse a la partida destinada a cubrir los Gastos de Matrícula y Otras Ayudas al Estudio.
Quinto
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contando a partir del
día siguiente a la fecha de publicación de este extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La presentación de los documentos que se relacionan en las bases de la convocatoria
es obligatoria. En caso de no entregarlos se dará por no presentada la solicitud y el solicitante será excluido de la convocatoria.
Todos los solicitantes tendrán que cumplimentar la solicitud y adjuntar la documentación exigida a través de la plataforma de ayudas socioeconómicas de la Universidad:
https://gestion4.urjc.es/programasayudas/
Sexto
Otros datos
Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en
la base sexta de las Bases Reguladoras.
Séptimo
Adjudicaciones y criterios de selección
Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Valoración
presidida por el/la Vicerrector/a de Estudiantes, de la que formará parte el/la Vicerrector/a
adjunta de Estudiantes, el o la directora/a Económico y Financiero, un responsable de la Gerencia General representada por el/la director/a de Estudiantes, Proyección Social y Sostenibilidad y el/la Jefe/a del Servicio de Títulos, Becas y Ayudas al Estudiante, que actuará
como secretario de la comisión.
Los criterios de baremación y valoración de los requisitos serán los que figuran en la
base octava de las Bases Reguladoras de la Convocatoria.
Octavo
La Resolución de concesión de ayudas corresponde al Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos y contendrá las ayudas concedidas y las denegadas, con indicación de
la puntuación obtenida por los candidatos.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, frente a este mismo órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente o de su publicación en el Registro General de dicha Universidad, o, alternativamente y sin que pueda simultanearse,
recurso contencioso-administrativo, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el
plazo de dos meses, contado, igualmente, a partir del día siguiente a la notificación de la
presente o de su publicación en el Registro General de dicha Universidad, de conformidad con los artículos 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, 112.1, 123 y 124
de la Ley 39/2015, 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Móstoles, a 7 de mayo de 2025.—El Rector en funciones de la Universidad Rey Juan
Carlos, Javier Ramos López.
(03/7.200/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250514-18
Resolución y recursos
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 114
MIÉRCOLES 14 DE MAYO DE 2025
Pág. 87
El gasto se imputará a la partida 30.VC.ES.ES 422A 483.09 “Ayudas situación económica desfavorable” de la Universidad Rey Juan Carlos.
El importe total del presupuesto se destinará a cubrir los precios públicos de matrícula de acuerdo a lo establecido en la base segunda punto 1. Si quedara remanente este se
distribuirá como ayuda adicional, complementaria a la anterior, entre los beneficiarios de
la misma, empezando por aquellos que obtuvieran puntuación más alta según el baremo establecido, y hasta agotar el presupuesto disponible.
En caso de existir remanente tras la resolución de la convocatoria de Ayudas para la
Atención Psicológica, este podrá sumarse a la partida destinada a cubrir los Gastos de Matrícula y Otras Ayudas al Estudio.
Quinto
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contando a partir del
día siguiente a la fecha de publicación de este extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La presentación de los documentos que se relacionan en las bases de la convocatoria
es obligatoria. En caso de no entregarlos se dará por no presentada la solicitud y el solicitante será excluido de la convocatoria.
Todos los solicitantes tendrán que cumplimentar la solicitud y adjuntar la documentación exigida a través de la plataforma de ayudas socioeconómicas de la Universidad:
https://gestion4.urjc.es/programasayudas/
Sexto
Otros datos
Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en
la base sexta de las Bases Reguladoras.
Séptimo
Adjudicaciones y criterios de selección
Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Valoración
presidida por el/la Vicerrector/a de Estudiantes, de la que formará parte el/la Vicerrector/a
adjunta de Estudiantes, el o la directora/a Económico y Financiero, un responsable de la Gerencia General representada por el/la director/a de Estudiantes, Proyección Social y Sostenibilidad y el/la Jefe/a del Servicio de Títulos, Becas y Ayudas al Estudiante, que actuará
como secretario de la comisión.
Los criterios de baremación y valoración de los requisitos serán los que figuran en la
base octava de las Bases Reguladoras de la Convocatoria.
Octavo
La Resolución de concesión de ayudas corresponde al Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos y contendrá las ayudas concedidas y las denegadas, con indicación de
la puntuación obtenida por los candidatos.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, frente a este mismo órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente o de su publicación en el Registro General de dicha Universidad, o, alternativamente y sin que pueda simultanearse,
recurso contencioso-administrativo, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el
plazo de dos meses, contado, igualmente, a partir del día siguiente a la notificación de la
presente o de su publicación en el Registro General de dicha Universidad, de conformidad con los artículos 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, 112.1, 123 y 124
de la Ley 39/2015, 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Móstoles, a 7 de mayo de 2025.—El Rector en funciones de la Universidad Rey Juan
Carlos, Javier Ramos López.
(03/7.200/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250514-18
Resolución y recursos