B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250513-5)
Resolución proceso selectivo – Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, mediante la que se modifica la Resolución de 3 de diciembre de 2024, del mismo centro directivo, por la que se resuelven las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C) de la Comunidad de Madrid, y se procede a la adjudicación de destinos correspondiente a las citadas pruebas
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 113
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
Pág. 49
Segundo
1. Adjudicar destinos, en los términos contemplados en la presente Resolución, a las
personas que han superado el expresado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo
de la misma, tras verificarse la observancia por aquéllas de las condiciones para concurrir
a las ya reiteradas pruebas, y constatarse, además, que las modificaciones anteriormente
mencionadas en el apartado primero no alteran el destino a asignar a las aspirantes afectadas, resultante de la prelación de puestos de trabajo formulada por cada una de ellas en su
correspondiente solicitud de elección.
2. Por la unidad responsable de personal de la Consejería u Organismo Autónomo de
destino, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas adjudicatarias, debiendo esa unidad dar cumplimiento, igualmente, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al
servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos
y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
3. A los efectos descritos, y de acuerdo con lo determinado en el apartado
segundo de la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la
Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), por la que se
aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos
selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la
Comunidad de Madrid, las personas recogidas en el señalado Anexo habrán de
personarse en la subdirección general o unidad de personal de la Consejería u
Organismo Autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, en el plazo del
día 1 al 8 de julio de 2025, ambos inclusive y de acuerdo con el calendario de
comparecencias que será objeto de publicación en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebas-sel-tecnicoespecialista-iii , así como en la página web del proceso selectivo accesible desde
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-especialista-iii-area-cestabilizacion , con objeto de proceder a la formalización del pertinente contrato de trabajo,
debiendo ir provistas de su Documento Nacional de Identidad o equivalente, documento
de afiliación a la Seguridad Social, así como de un certificado o justificante de los datos
de su cuenta bancaria.
4. En su caso, cualquier información adicional a la contenida en la presente Resolución
se encontrará disponible en el trámite referente a este proceso selectivo publicado en la Sede
Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/pruebas-sel-tecnico-especialista-iii , así como en la página web del proceso selectivo
accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-especialista-iiiarea-c-estabilizacion .
Tercero
1. De conformidad con lo dispuesto en los apartados sexto y noveno de la base decimocuarta de la aludida Orden 913/2019, de 26 de marzo, en consonancia con lo previsto,
igualmente, en la base décima de la indicada Orden 502/2021, de 13 de octubre, pierden el
derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C), de la Comunidad de Madrid, por no aportar la
documentación solicitada en el plazo habilitado en la expresada Resolución de 3 de diciembre de 2024:
DNI
**2550***
RODRIGUEZ CARRERAS, MARTA
**9901***
BOCM-20250513-5
APELLIDOS Y NOMBRE
MONTALBO DE LA OSA, DIEGO
B.O.C.M. Núm. 113
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
Pág. 49
Segundo
1. Adjudicar destinos, en los términos contemplados en la presente Resolución, a las
personas que han superado el expresado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo
de la misma, tras verificarse la observancia por aquéllas de las condiciones para concurrir
a las ya reiteradas pruebas, y constatarse, además, que las modificaciones anteriormente
mencionadas en el apartado primero no alteran el destino a asignar a las aspirantes afectadas, resultante de la prelación de puestos de trabajo formulada por cada una de ellas en su
correspondiente solicitud de elección.
2. Por la unidad responsable de personal de la Consejería u Organismo Autónomo de
destino, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas adjudicatarias, debiendo esa unidad dar cumplimiento, igualmente, a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al
servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos
y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
3. A los efectos descritos, y de acuerdo con lo determinado en el apartado
segundo de la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la
Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), por la que se
aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos
selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la
Comunidad de Madrid, las personas recogidas en el señalado Anexo habrán de
personarse en la subdirección general o unidad de personal de la Consejería u
Organismo Autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, en el plazo del
día 1 al 8 de julio de 2025, ambos inclusive y de acuerdo con el calendario de
comparecencias que será objeto de publicación en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebas-sel-tecnicoespecialista-iii , así como en la página web del proceso selectivo accesible desde
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-especialista-iii-area-cestabilizacion , con objeto de proceder a la formalización del pertinente contrato de trabajo,
debiendo ir provistas de su Documento Nacional de Identidad o equivalente, documento
de afiliación a la Seguridad Social, así como de un certificado o justificante de los datos
de su cuenta bancaria.
4. En su caso, cualquier información adicional a la contenida en la presente Resolución
se encontrará disponible en el trámite referente a este proceso selectivo publicado en la Sede
Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/pruebas-sel-tecnico-especialista-iii , así como en la página web del proceso selectivo
accesible desde https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-especialista-iiiarea-c-estabilizacion .
Tercero
1. De conformidad con lo dispuesto en los apartados sexto y noveno de la base decimocuarta de la aludida Orden 913/2019, de 26 de marzo, en consonancia con lo previsto,
igualmente, en la base décima de la indicada Orden 502/2021, de 13 de octubre, pierden el
derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Técnico Especialista III (Grupo III, Nivel 4, Área C), de la Comunidad de Madrid, por no aportar la
documentación solicitada en el plazo habilitado en la expresada Resolución de 3 de diciembre de 2024:
DNI
**2550***
RODRIGUEZ CARRERAS, MARTA
**9901***
BOCM-20250513-5
APELLIDOS Y NOMBRE
MONTALBO DE LA OSA, DIEGO