B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250513-3)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1081/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Auxiliares, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 113
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
Pág. 21
Quinta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en
la base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar como motivo de la
liquidación, o en el campo Observaciones del pago de la tasa:
— Para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre:
“Acceso libre al Cuerpo de Auxiliares”.
— Para las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo de promoción interna: “Acceso por promoción interna al Cuerpo de Auxiliares”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la
precitada base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar
en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por
derechos de examen correspondiente a la Titulación Subgrupo C2/Grupo Profesional IV:
— Para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo por el sistema
de acceso libre: derechos de examen de procesos selectivos de los que se derive la
formación de lista de espera o bolsa de trabajo, y que asciende a 14,11 euros. Para
quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de
la tasa será de 7,05 euros.
— Para las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo por el sistema de
promoción interna: derechos ordinarios de examen, y que asciende a 11,28 euros.
Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 5,64 euros.
3. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de
la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en el respectivo proceso selectivo, en los términos recogidos en la base cuarta de esta convocatoria.
BOCM-20250513-3
O en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid
— Para las personas aspirantes del proceso de promoción interna:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocion-interna-administracion-servicios-comunidad-madrid
O en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid
4. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la
dirección general competente en materia de Función Pública para el desarrollo del proceso
selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite que se deriven de estos procesos selectivos.
5. El plazo de presentación de solicitudes de cada proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación del proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
B.O.C.M. Núm. 113
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE MAYO DE 2025
Pág. 21
Quinta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en
la base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar como motivo de la
liquidación, o en el campo Observaciones del pago de la tasa:
— Para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre:
“Acceso libre al Cuerpo de Auxiliares”.
— Para las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo de promoción interna: “Acceso por promoción interna al Cuerpo de Auxiliares”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la
precitada base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar
en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por
derechos de examen correspondiente a la Titulación Subgrupo C2/Grupo Profesional IV:
— Para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo por el sistema
de acceso libre: derechos de examen de procesos selectivos de los que se derive la
formación de lista de espera o bolsa de trabajo, y que asciende a 14,11 euros. Para
quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de
la tasa será de 7,05 euros.
— Para las personas aspirantes que concurran al proceso selectivo por el sistema de
promoción interna: derechos ordinarios de examen, y que asciende a 11,28 euros.
Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 5,64 euros.
3. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de
la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en el respectivo proceso selectivo, en los términos recogidos en la base cuarta de esta convocatoria.
BOCM-20250513-3
O en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid
— Para las personas aspirantes del proceso de promoción interna:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocion-interna-administracion-servicios-comunidad-madrid
O en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es:
https://sede.comunidad.madrid
4. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la
dirección general competente en materia de Función Pública para el desarrollo del proceso
selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite que se deriven de estos procesos selectivos.
5. El plazo de presentación de solicitudes de cada proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación del proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.