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Alteración términos municipales –  Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, por la se acuerda someter al trámite de información pública el expediente de alteración de los términos municipales de los Ayuntamientos de Madrid y Rivas-Vaciamadrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 113

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE MAYO DE 2025

Pág. 243

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
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RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Reequilibrio
Territorial, por la se acuerda someter al trámite de información pública el expediente de alteración de los términos municipales de los Ayuntamientos de Madrid
y Rivas-Vaciamadrid.

La tramitación del expediente de alteración de los términos municipales de los Ayuntamientos de Madrid y Rivas-Vaciamadrid deriva de lo dispuesto en el Pacto Regional por
la Cañada Real Galiana, suscrito el 17 de mayo de 2017 por los Grupos Políticos con representación en la Asamblea de Madrid, la Delegación del Gobierno en la Comunidad de
Madrid, la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos de Madrid, Rivas-Vaciamadrid y
Coslada.
Con fecha de 11 de abril de 2025, la Dirección General de Reequilibrio Territorial
acordó iniciar el expediente de alteración de términos municipales de los Ayuntamientos
de Madrid (expediente número 135-2022-00627) y Rivas-Vaciamadrid (expediente número 18307/2024), de conformidad con lo previsto en el artículo 11, en relación con el
artículo 16 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad
de Madrid, a instancia de los municipios de Madrid y Rivas-Vaciamadrid.
En la referida Resolución, se acordó a tenor literal lo siguiente:
“(…) Sexto.—Acordar someter el expediente de alteración de términos municipales de
los Ayuntamientos de Madrid y Rivas-Vaciamadrid a información pública por el plazo de un
mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.1.c) de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, publicando el texto íntegro de la
presente Resolución de incoación de inicio y suspensión del expediente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
Resultando que el artículo 16.1, apartado c), de Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, determina que, completado el expediente, se
someterá a información pública por el plazo de un mes,
RESUELVO

BOCM-20250513-26

Someter al trámite de información pública por el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del
expediente de alteración de términos municipales de los Ayuntamientos de Madrid y RivasVaciamadrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.1.c) de la Ley 2/2003, de 11
de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 25 de abril de 2025.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier
Carazo Gil.
(03/6.822/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791