Collado Mediano (BOCM-20250512-48)
Organización y funcionamiento. Acuerdo personal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE MAYO DE 2025
Pág. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
COLLADO MEDIANO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20250512-48
Por acuerdo del Pleno de fecha 25 de abril de 2025, se aprobó la modificación del
Acuerdo regulador entre el Ayuntamiento de Collado Mediano y el personal funcionario y
laboral de Collado Mediano, según el siguiente detalle:
Primero.—Aprobar la modificación de la redacción del artículo 29 del Acuerdo de
funcionarios y artículo 30 del convenio colectivo del personal laboral sobre préstamos/anticipos reintegrables en nómina del personal del Ayuntamiento de Collado Mediano conforme al texto consensuado por la Mesa General de Negociación Conjunta de fecha 9 de
abril, que recoge el Acuerdo cuyo contenido literal es el siguiente:
El Ayuntamiento con cargo a sus presupuestos y siempre que las disponibilidades de
Tesorería lo permitan, podrá conceder préstamos a los trabajadores municipales por un importe máximo equivalente a dos mensualidades de su salario.
Dichos préstamos serán reintegrables en un plazo máximo de 12 meses, con un período de carencia de hasta tres meses y sin devengo de intereses. La concesión estará supeditada a la justificación de la necesidad del préstamo por parte del solicitante.
De manera excepcional, y en casos debidamente acreditados de especial necesidad, el
trabajador podrá optar por devolver el préstamo mediante la deducción de su importe en las
dos pagas extraordinarias siguientes”.
Segundo.—Comunicar el Acuerdo del Pleno a la Presidencia de la Mesa General de
Negociación Conjunta, y notificar el mismo a los representantes sindicales intervinientes,
con indicación de los recursos que se estimen pertinentes. Así mismo, emplazar a las partes para la firma del Acuerdo.
Una vez publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el texto resultará de plena aplicación a todo el personal de la entidad.
Collado Mediano, a 29 de abril 2025.—La alcaldesa, María de la Sierra Serrano Flórez.
(03/6.793/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 112
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LUNES 12 DE MAYO DE 2025
Pág. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
COLLADO MEDIANO
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BOCM-20250512-48
Por acuerdo del Pleno de fecha 25 de abril de 2025, se aprobó la modificación del
Acuerdo regulador entre el Ayuntamiento de Collado Mediano y el personal funcionario y
laboral de Collado Mediano, según el siguiente detalle:
Primero.—Aprobar la modificación de la redacción del artículo 29 del Acuerdo de
funcionarios y artículo 30 del convenio colectivo del personal laboral sobre préstamos/anticipos reintegrables en nómina del personal del Ayuntamiento de Collado Mediano conforme al texto consensuado por la Mesa General de Negociación Conjunta de fecha 9 de
abril, que recoge el Acuerdo cuyo contenido literal es el siguiente:
El Ayuntamiento con cargo a sus presupuestos y siempre que las disponibilidades de
Tesorería lo permitan, podrá conceder préstamos a los trabajadores municipales por un importe máximo equivalente a dos mensualidades de su salario.
Dichos préstamos serán reintegrables en un plazo máximo de 12 meses, con un período de carencia de hasta tres meses y sin devengo de intereses. La concesión estará supeditada a la justificación de la necesidad del préstamo por parte del solicitante.
De manera excepcional, y en casos debidamente acreditados de especial necesidad, el
trabajador podrá optar por devolver el préstamo mediante la deducción de su importe en las
dos pagas extraordinarias siguientes”.
Segundo.—Comunicar el Acuerdo del Pleno a la Presidencia de la Mesa General de
Negociación Conjunta, y notificar el mismo a los representantes sindicales intervinientes,
con indicación de los recursos que se estimen pertinentes. Así mismo, emplazar a las partes para la firma del Acuerdo.
Una vez publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el texto resultará de plena aplicación a todo el personal de la entidad.
Collado Mediano, a 29 de abril 2025.—La alcaldesa, María de la Sierra Serrano Flórez.
(03/6.793/25)
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ISSN 1989-4791