Boadilla del Monte (BOCM-20250512-46)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 112

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE MAYO DE 2025

Pág. 229

11. La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la
adolescencia frente a la violencia.
13. La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
14. La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
29. La Ley 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el
Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad.
33. El Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento
de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros
en España y su integración social (tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009), aprobado
por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
34. Atención a la infancia y adolescencia en la Comunidad de Madrid. La Ley
6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de
la Comunidad de Madrid.
39. La Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de
la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
70. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (…)”.
4.o Dar por presentadas las solicitudes de participación al proceso selectivo que se
formularon dentro del plazo de 5 días hábiles habilitado por la base 5.4.a, que se computó
a partir del día siguiente a la publicación de las bases y de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 56, de 7 de marzo de 2025.
5.o Los méritos alegados por los aspirantes presentados se valorarán con referencia
a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación al proceso selectivo, referido en el apartado anterior.
6.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital y en su página web municipal
( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
7.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá
desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime
procedente».
En Boadilla del Monte, a 29 de abril de 2025.—El primer teniente de alcalde-delegado
de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.
(01/6.791/25)

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ISSN 1989-4791

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