San Sebastián de los Reyes (BOCM-20250512-72)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 280
LUNES 12 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 112
Los aspirantes que no pudieran realizar dicho Curso Selecvo de Formación, siempre que se deba
a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente jusficadas y
apreciadas por el Instuto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad
de Madrid, tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del curso
que efectúe dicho centro. Para la calificación definiva del proceso de selección se mantendrá la
calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la
obtenida en el Curso Selecvo de Formación.
12ª. CALIFICACIÓN DEFINITIVA DEL PROCESO SELECTIVO
La calificación final del proceso selecvo será la suma de las calificaciones finales obtenidas en
las pruebas de oposición, en el concurso y en el Curso Selecvo de Formación, conforme a la
siguiente ponderación:
((COP X 40) + (CSF X 60))/100
Donde COP es la calificación obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso y CSF la
obtenida en el Curso Selecvo de Formación.
Finalizado el proceso selecvo, el Tribunal publicará en la página web del Ayuntamiento la
relación de aprobados por orden de puntuación y elevará dicha relación al Órgano competente
a los efectos de formulación del correspondiente nombramiento como funcionario/a de carrera.
Su número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas.
13ª. NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO/A DE CARRERA
Concluido el proceso selecvo y aportados correctamente los documentos exigibles, se
procederá al nombramiento como funcionario de carrera de la persona aspirante propuesta,
cursándose las noficaciones pernentes.
El/la funcionario/a de carrera nombrado/a deberá incorporarse dentro del plazo máximo de UN
MES a parr de la noficación del mismo. En caso de no hacerlo sin causa jusficada, decaerá en
todo derecho que pudieran haber adquirido.
14ª. IMPUGNACIÓN
Estas Bases, su convocatoria y cuantos actos administravos se deriven de las mismas, y de la
actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma
establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administravo Común de las
Administraciones Públicas.
BOCM-20250512-72
15ª PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 280
LUNES 12 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 112
Los aspirantes que no pudieran realizar dicho Curso Selecvo de Formación, siempre que se deba
a causas de fuerza mayor o derivadas de embarazo o maternidad, debidamente jusficadas y
apreciadas por el Instuto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad
de Madrid, tendrán opción, por una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del curso
que efectúe dicho centro. Para la calificación definiva del proceso de selección se mantendrá la
calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la
obtenida en el Curso Selecvo de Formación.
12ª. CALIFICACIÓN DEFINITIVA DEL PROCESO SELECTIVO
La calificación final del proceso selecvo será la suma de las calificaciones finales obtenidas en
las pruebas de oposición, en el concurso y en el Curso Selecvo de Formación, conforme a la
siguiente ponderación:
((COP X 40) + (CSF X 60))/100
Donde COP es la calificación obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso y CSF la
obtenida en el Curso Selecvo de Formación.
Finalizado el proceso selecvo, el Tribunal publicará en la página web del Ayuntamiento la
relación de aprobados por orden de puntuación y elevará dicha relación al Órgano competente
a los efectos de formulación del correspondiente nombramiento como funcionario/a de carrera.
Su número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas.
13ª. NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO/A DE CARRERA
Concluido el proceso selecvo y aportados correctamente los documentos exigibles, se
procederá al nombramiento como funcionario de carrera de la persona aspirante propuesta,
cursándose las noficaciones pernentes.
El/la funcionario/a de carrera nombrado/a deberá incorporarse dentro del plazo máximo de UN
MES a parr de la noficación del mismo. En caso de no hacerlo sin causa jusficada, decaerá en
todo derecho que pudieran haber adquirido.
14ª. IMPUGNACIÓN
Estas Bases, su convocatoria y cuantos actos administravos se deriven de las mismas, y de la
actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma
establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administravo Común de las
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15ª PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES