B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250512-3)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1080/2025, de 24 de abril, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 112

6. Todo el desarrollo de cada proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se recoge en la base cuarta de esta orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo, todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del
proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación
vigente en cada momento.
7. Por parte del órgano de selección de los presentes procesos selectivos, se velará
en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
a lo largo de todo el desarrollo del mismo.
8. La Dirección General de Función Pública podrá encomendar la realización del
proceso selectivo a la Comisión Permanente de Selección. El funcionamiento del citado órgano se regirá en todo caso por lo dispuesto en la Orden 481/2025, de 17 de febrero.
Octava

1. El sistema de selección será el de oposición para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre, y de concurso-oposición para las que lo hagan por el de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los Anexos I y II, respectivamente, de esta Orden.
2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda
de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo III de la
presente convocatoria, para el proceso selectivo de acceso libre, y como Anexo IV de la
misma, para el de promoción interna.
En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la fase
de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura
como Anexos III y IV de esta Orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las
relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el proceso selectivo
correspondiente y se anuncie la celebración del primer ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente Orden y teniéndose en cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la
sustituya a la misma fecha de publicación ya indicada.
3. A efectos de agilización del proceso selectivo y en aplicación de lo recogido en la
instrucción novena.4 y 5 de la Orden de 1 de julio de 2022, se realizarán en una misma sesión
dos o más ejercicios de los que conformen el proceso selectivo, cuando por su naturaleza y
duración ello resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorar los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para las mismas personas aspirantes, sin incluir
los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
4. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del órgano de selección la posibilidad de invertir el orden realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las
personas aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
5. El órgano de selección, con carácter previo a la celebración de los ejercicios de la
fase de oposición de ambos procesos selectivos, publicará en el enlace de la página web de
la Comunidad de Madrid correspondiente a los mismos, accesible a través de:
— http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicioscomunidad-madrid , para el turno de acceso libre, y
— https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposicionespromocion-interna-administracion-servicios-comunidad-madrid , para promoción interna,

BOCM-20250512-3

Sistema selectivo