Mancomunidad de Servicios Valle Medio del Lozoya (BOCM-20250508-76)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE MAYO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 109
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
76
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE MEDIO
DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Corrección de errores del extracto del decreto de presidencia 47/2025 de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, de fecha 7 de febrero de 2025, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de subvenciones, para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, previstas
en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real
Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financia do por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en
el entorno residencial de rehabilitación programada de “Valle Norte del Lozoya. Fase I” en
los municpios de Braojos, Buitrago del Lozoya, Cabanillas de la Sierra, Canencia, Gascones, Horcajo de la Sierra-Aoslos, Navalafuente, Piñuecar-Gandullas, Robregordo, La Serna del Monte, Somosierra, Torrelaguna, Valdemanco y Villavieja del Lozoya.
Habiendo sido advertido el error material en la publicación del extracto del decreto de
presidencia, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la ejecución de obras
de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financia do por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en el
entorno residencial de rehabilitación programada de “Valle Norte del Lozoya. Fase I” de la
Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID n.o 41 de 18 de febrero de 2025).
En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la convocatoria y en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la rectificación de errores
apreciados, en los siguientes términos:
En el punto Quinto del extracto:
— Donde dice:
“Quinto. Plazo y lugar de presentación.—Las solicitudes se podrán presentar en
el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de
esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la resolución de ampliación correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite. El lugar de presentación de solicitudes es la sede
electrónica de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya”.
— Debe decir:
“Quinto. Plazo y lugar de presentación.— Las solicitudes se podrán presentar
en el plazo de tres meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la resolución de ampliación
correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite. El lugar de presentación de solicitudes es la
sede electrónica de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya”.
En Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, a 24 de abril de 2025.—La presidenta, Eva María
Gallego Berzal.
(03/6.644/25)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20250508-76
BDNS: 813490
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JUEVES 8 DE MAYO DE 2025
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE MEDIO
DEL LOZOYA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Corrección de errores del extracto del decreto de presidencia 47/2025 de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, de fecha 7 de febrero de 2025, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de subvenciones, para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, previstas
en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real
Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financia do por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en
el entorno residencial de rehabilitación programada de “Valle Norte del Lozoya. Fase I” en
los municpios de Braojos, Buitrago del Lozoya, Cabanillas de la Sierra, Canencia, Gascones, Horcajo de la Sierra-Aoslos, Navalafuente, Piñuecar-Gandullas, Robregordo, La Serna del Monte, Somosierra, Torrelaguna, Valdemanco y Villavieja del Lozoya.
Habiendo sido advertido el error material en la publicación del extracto del decreto de
presidencia, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la ejecución de obras
de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, financia do por la Unión Europea, NextGeneration-EU, en el
entorno residencial de rehabilitación programada de “Valle Norte del Lozoya. Fase I” de la
Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID n.o 41 de 18 de febrero de 2025).
En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la convocatoria y en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la rectificación de errores
apreciados, en los siguientes términos:
En el punto Quinto del extracto:
— Donde dice:
“Quinto. Plazo y lugar de presentación.—Las solicitudes se podrán presentar en
el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de
esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la resolución de ampliación correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite. El lugar de presentación de solicitudes es la sede
electrónica de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya”.
— Debe decir:
“Quinto. Plazo y lugar de presentación.— Las solicitudes se podrán presentar
en el plazo de tres meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la resolución de ampliación
correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite. El lugar de presentación de solicitudes es la
sede electrónica de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya”.
En Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, a 24 de abril de 2025.—La presidenta, Eva María
Gallego Berzal.
(03/6.644/25)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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BDNS: 813490