Madrid (BOCM-20250508-43)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 109

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE MAYO DE 2025

Pág. 175

nificación e Infraestructuras de Movilidad en el apartado 15.o 1.1 a) del Acuerdo de 29 de
junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, única y exclusivamente a los efectos de la gestión de servicios del aparcamiento Alcántara en el contrato de concesión de obra pública denominado “Redacción de proyecto, construcción y
explotación del centro deportivo municipal y aparcamiento Alcántara. Distrito de Salamanca. Expediente 145/2013/02379”, y delegar dicha competencia en la concejal-presidente
del Distrito de Salamanca.
Iniciada la prestación del servicio por parte del distrito, el mismo ha puesto de manifiesto que experimenta dificultades para gestionar con sus propios medios personales y técnicos
los expedientes de transmisión de plazas de la “Lista de Espera” y/o los “Cesión Directa” en
la parte de aparcamiento correspondiente a residentes. Dado lo anterior y atendiendo a que
en la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad se están desarrollando robotizaciones de dichos procedimientos, se ha considerado conveniente que, a la vista de la uniformidad y tratamiento masivo en la tramitación de este tipo de procedimientos,
tanto la gestión de la “Lista de Espera” como la “Cesión Directa” de las plazas de residentes, siga ejerciéndose por la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, quedando en el distrito el ejercicio de cualquier otra competencia en relación con el
aparcamiento.
Tal circunstancia ha puesto de manifiesto la conveniencia de modificar la avocación y
posterior delegación en dicho sentido.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la
titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias y del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 24 de abril de 2025,

Primero.—Modificar el apartado primero del acuerdo de 12 de septiembre de 2024 por
el que se avoca la competencia para la gestión del aparcamiento Alcántara en el contrato de
concesión de obra pública denominado “Redacción de proyecto, construcción y explotación del Centro Deportivo Municipal y aparcamiento Alcántara. Distrito de Salamanca. Expediente 145/2013/02379”, y se delega en la concejal-presidente del Distrito de Salamanca, que queda redactado en los siguientes términos:
Primero.—Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad en el apartado 15.o 1.1.a) del Acuerdo de 29
de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización
y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad,
única y exclusivamente a los efectos de la gestión de servicios del aparcamiento Alcántara en el contrato de concesión de obra pública denominado “Redacción de proyecto, construcción y explotación del centro deportivo municipal y aparcamiento Alcántara. Distrito de Salamanca. Expediente 145/2013/02379”, salvo lo relativo a la
gestión de las listas de espera y cesiones directas de plazas de residentes.
Segundo.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.
Tercero.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver
las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.
Cuarto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Quinto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Sexto.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.
Madrid, a 24 de abril de 2025.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(03/6.641/25)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20250508-43

ACUERDA