Alcorcón (BOCM-20250507-44)
Régimen económico. Matrícula impuestos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 108

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44

ALCORCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20250507-44

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 22 de abril de 2025, se ha aprobado el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del año 2025.
Se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago que la matrícula estará
expuesta en el Departamento de Rentas (plaza de los Reyes de España, número 1) durante
el plazo de quince días, hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del
presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período
voluntario de pago, podrá interponer los siguientes recursos:
— Con carácter potestativo y previo a la reclamación económico-administrativa recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto. En este caso, no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio
administrativo.
— Directamente, reclamación económico-administrativa ante la Junta Municipal de
Reclamaciones Económico Administrativas de Alcorcón, dirigida al órgano que
dictó el acto, previa al recurso contencioso-administrativo.
— Cualquier otro que estime pertinente.
El plazo de ingreso en voluntaria, atendiendo al decreto de la alcaldesa de fecha 26 de
diciembre de 2024 (publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 310 del día 30 de diciembre de 2024) es el fijado entre los días 30 de mayo y 31 de
julio de 2025, ambos incluidos.
El ingreso de las cuotas se realizará a través de los medios de pago que se indican en
los recibos que se enviarán a los domicilios fiscales de los obligados al pago, en la página
web y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcorcón.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por
el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Alcorcón, a 24 de abril de 2025.—La concejala-secretaria de la Junta de Gobierno Local.
(01/6.572/25)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791